Dar de baja el suministro eléctrico es sencillo, pero es importante evaluar si te conviene, ya que volver a contratar la luz implica costes adicionales. Descubre el procedimiento completo paso a paso.

Resumen

  • Dar de baja la luz implica el cese total del suministro eléctrico en una vivienda.
  • Esta gestión suele realizarse en casos como fallecimiento del titular, una mudanza o la compraventa de la propiedad.  
  • En viviendas vacías, conservar el suministro puede ser útil si aún está vigente la cédula de habitabilidad.

¿Cuándo hay que dar de baja la luz?

Dar de baja la luz en nuestra vivienda o negocio significa cesar el suministro eléctrico, es decir, a partir de ese momento dejaremos de recibir electricidad y el contrato con la compañía de energía se cancelará. Este trámite, aunque sencillo, requiere seguir correctamente todos los pasos para evitar problemas futuros con tu comercializadora.  

Además, si tienes contratado el suministro de gas o servicios de mantenimiento con la misma comercializadora, el cese de la luz no implica la baja de estos otros servicios. Por ello, es recomendable que gestiones cada uno de ellos por separado para evitar cargos innecesarios que puedan afectar a tu ahorro, especialmente si para tu vivienda ya no necesitas ni luz ni gas.

Por lo general, las empresas distribuidoras siguen un protocolo similar a la hora de tramitar la baja: suelen precintar o retirar el contador de la luz. Es importante tener claras las razones por las que se solicita, normalmente son:

  1. El titular del contrato energético ha fallecido.
  2. El titular del contrato se muda a otra casa.
  3. El cliente quiere vender o ha vendido la vivienda

Cuando una casa se encuentra desocupada por un largo periodo, es común considerar la baja del suministro eléctrico o de gas como la mejor opción. Sin embargo, en ciertas ocasiones, es mejor mantenerlo activo.

Si por tu situación es preferible no dar de baja la luz, la opción más recomendable es estudiar las compañías de luz más baratas y ver si ofrecen tarifas o contratos que incluyen servicios básicos de mantenimiento para garantizar la electricidad. Eso sí, no siempre la mejor compañía de luz es la opción más barata. El objetivo, al fin y al cabo, es evitar costes por dar de alta un nuevo suministro.

Cada caso requiere una evaluación específica y, de hecho, una buena alternativa puede ser ajustar la potencia contratada, lo que reducirá de forma importante los costes sin dar de baja el servicio.

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¿Cómo dar de baja la luz?

Por lo general, solicitar la baja de la luz en una vivienda es un trámite que los clientes suelen realizar sin complicaciones. Sin embargo, en algunos casos puede haber requisitos adicionales, como documentos específicos o condiciones técnicas del suministro. En la mayoría de las compañías, como Iberdrola o Endesa, se habilitan opciones en línea para ayudar a los clientes a dar de baja el suministro.

¡Recuerda!

Los consumidores vulnerables pueden acceder al Bono Social de luz, con descuentos en la factura eléctrica, pero solo si están acogidos a la tarifa Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y no al mercado libre.

Proceso para rescindir el contrato eléctrico

El proceso para dar de baja la luz es sencillo y no requiere un gran esfuerzo por parte de los clientes:

  1. Ponte en contacto con tu comercializadora. Si necesitas saber qué compañía de luz tienes, debes revisar tu factura: el nombre de la comercializadora aparecerá en la parte superior del documento. Una vez sepas qué compañía te suministra electricidad, ponte en contacto con ella. Para hacerlo existen diferentes vías de comunicación que permiten agilizar los trámites. Lo más recomendable es llamar al número de teléfono de atención al cliente o acudir directamente a la oficina más cercana. 
  2. La comercializadora emitirá una notificación a la distribuidora encargada del suministro eléctrico de tu zona para informar de la decisión de baja del contrato. Se te remitirá la última factura con el consumo correspondiente hasta la fecha de baja, que suele tardar unos 15 días hábiles en completarse.
  3. Una vez enviada la notificación para dar de baja el servicio eléctrico en la vivienda, se deberá concretar la visita de un técnico para que la haga efectiva y retire el contador del domicilio. Si el contador es digital y tiene capacidad de telegestión, no es necesario que un técnico se desplace hasta la vivienda para recogerlo. La compañía distribuidora se encargará de las gestiones de manera telemática.

Hay que tener en cuenta que este proceso no es inmediato y pueden surgir inconvenientes, por lo que se debe planificar bien el tiempo del que se dispone antes de dar de baja la luz.

Requisitos para dar de baja la luz

Te contamos cuáles son las condiciones previas para dar de baja un contrato de luz:

  1. El titular del contrato es el único que puede tramitar la solicitud de cese contactando con su comercializadora de energía. En caso de que el titular no pueda realizar el trámite, un representante autorizado lo puede gestionar.
  2. Todas las facturas deben estar pagadas, así como las penalizaciones pendientes.
  3. Si el cliente está en pleno proceso de modificación de su contrato, algunas comercializadoras pueden exigir que el proceso se complete antes de permitir la baja.

Documentación para darse de baja

Una vez el cliente contacta con su compañía, deberá aportar los siguientes datos:

  • Datos del titular del contrato: nombre, apellidos y DNI.
  • Datos de contacto: un correo electrónico o un número de teléfono del cliente.
  • Dirección en la que se encuentra el punto de suministro.
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS)
  • Datos bancarios de facturación del cliente (IBAN)

¿Sabías qué?

La Red Eléctrica de España (REE) gestiona el transporte y el equilibrio del sistema eléctrico, también facilita la integración de energías renovables, asegurando que puedas contratar luz ecológica de fuentes como el sol y el viento.

¿Cuánto tiempo se tarda en dar de baja la luz? 

El plazo habitual para que la baja de luz se haga efectiva desde que un cliente la tramita es de 5 a 7 días hábiles. No obstante, en algunos casos puede tardar hasta 20 días naturales, dependiendo del ciclo de facturación y los tiempos de respuesta de la distribuidora. Con un contador digital, el proceso puede ser más rápido, ya que permite la desconexión remota del suministro sin intervención física.

Si te preguntas cuánto tardan en dar de alta la luz y cuanto en darla de baja, debes saber que la baja suele tramitarse con mayor agilidad que el alta, ya que el alta del suministro eléctrico implica una comprobación técnica de la instalación eléctrica en la vivienda, aunque muchos clientes piensen lo contrario.

¿Cuánto cuesta dar de baja la luz?

Los clientes también se preguntan si se debe pagar algún importe cuando se anula un contrato de luz o de gas. Lo cierto es que ambos son procesos gratuitos, a diferencia de dar de alta la luz, que sí conlleva un coste.

Es importante asegurarse de que no haya ningún tipo de permanencia con la comercializadora. Si este es el caso y el compromiso no ha finalizado en el momento que se desea dar de baja la luz, el cliente deberá abonar una penalización económica

Una vez el suministro eléctrico ha sido dado de baja, si en el futuro necesitas reactivarlo, se deberán pagar los costes de dar de alta la luz. Además, este importe no incluye el IVA de la luz, que será agregado en la factura a los precios regulados que se hayan establecido.

¡Importante!

Si el boletín eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) no se ha actualizado en los últimos 20 años, puede ser necesario renovarlo antes de realizar el alta. En este caso, podrían generarse costes adicionales si se requieren modificaciones para adaptar la instalación a la normativa vigente.

¿Dar de baja la luz o cambiar de titular?

Una vez explicado el proceso y los futuros costes en tu factura, podemos llegar a la conclusión de que rescindir el contrato de la luz no es siempre la mejor opción para el cliente. En los casos de venta o alquiler de la vivienda, la opción más adecuada para quien va a residir en ella es la de realizar un cambio de titular, ya sea como el propietario del inmueble o como el inquilino. 

Ambos pueden solicitar dicho cambio poniéndose en contacto con la comercializadora de energía, que requerirá de los siguientes datos:

  • Nombre, apellidos y DNI del titular actual de la luz
  • Nombre, apellidos y DNI del nuevo titular 
  • CUPS
  • Dirección exacta del punto de suministro
  • Número de cuenta bancaria del nuevo titular
  • La potencia contratada

El cambio será efectuado en un plazo máximo de 20 días hábiles y en la mayoría de los casos es gratuito, salvo que haya deudas pendientes en el contrato anterior.

Si finalmente decides realizar el cambio de titularidad, se puede optar tanto por el mercado regulado como por el mercado libre de luz. Existen algunas diferencias entre mercados. En el regulado tendrás acceso a una tarifa PVPC que te permitirá optar al Bono Social Eléctrico, pero en el segundo mercado existen multitud de opciones, como tarifas planas, fijas o indexadas, que permiten mantener un pago más estable.

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Preguntas frecuentes sobre dar de baja la luz 

¿Debo dar de baja la luz si me cambio de compañía?

Aquellos clientes que quieran cambiar de compañía de luz o simplemente quieran pasarse a otra tarifa en su vivienda, no están obligados a cancelar su contrato de suministro eléctrico.

Simplemente deben ponerse en contacto con la compañía de energía con la que deseen firmar el nuevo contrato y aportar la documentación requerida. Durante este proceso su vivienda dispondrá en todo momento de conexión a la red eléctrica

¿Cómo reduzco la potencia que tengo contratada?

Si quieres reducir tu potencia, lo primero que debes hacer es contactar con tu comercializadora y solicitar el cambio. Es importante saber la diferencia entre potencia y energía: la potencia es el límite máximo de electricidad que puedes usar a la vez, mientras que la energía es el total consumido a lo largo del tiempo. 

Para ello, deberás indicar tus datos y tu código CUPS. Antes, revisa tu consumo para elegir la potencia adecuada y evitar cortes inesperados por exceso de demanda. El trámite tiene un coste regulado de 9,04 € + IVA por los derechos de enganche y solo puede realizarse una vez cada 12 meses.  

Javi Moralejo

Javi Moralejo

Redactor de contenido & SEO

Graduado en Periodismo en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Actualmente redacto contenido sobre la temática energética para Hello Watt.