El Bono Social de Luz o Bono Social Eléctrico es una ayuda del Gobierno destinada a reducir el importe de la factura eléctrica de los consumidores en situación de vulnerabilidad económica. Se aplica sobre la tarifa regulada Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y ofrece descuentos en función de la situación económica y familiar del solicitante.
Resumen
- El descuento aumenta hasta el 42,5 % para consumidores vulnerables y hasta el 57,5 % para vulnerables severos.
- Desde julio de 2026, la financiación del Bono Social que aparece en algunas facturas pasa de 0,58 €/mes a aproximadamente 0,75 €/mes antes de impuestos.
- Para solicitar el Bono Social Eléctrico se debe tener contratada el PVPC del mercado regulado.
Requisitos para acceder al Bono Social de Luz
Para solicitar el Bono Social Eléctrico y obtener tu descuento en la factura, debes cumplir un mínimo de requisitos como consumidor:
- Tener contratada en tu vivienda habitual la tarifa PVPC, que es una tarifa regulada destinada únicamente a personas físicas o microempresas cuya potencia contratada no supere los 10 kW.
- Ser considerado consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
Consumidor vulnerable
En 2026, los consumidores vulnerables tienen derecho a un descuento del 42,5 % en la factura eléctrica. Para acceder a esta categoría debes cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:
- Tener una renta anual de la unidad de convivencia no superior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incrementándose en 0,3 veces el IPREM por cada adulto adicional y 0,5 veces por cada menor. También pueden acceder las familias numerosas.
- Ser pensionista por jubilación o incapacidad permanente, percibir la pensión mínima y no superar los 500 € anuales en otros ingresos distintos de la pensión. Si en el hogar perciben ingresos varias personas, se tendrá en cuenta la situación económica de toda la unidad de convivencia.
- Ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), de acuerdo con la Ley 19/2021.
Los valores de referencia del IPREM utilizados para determinar el acceso al Bono Social son los siguientes:
- IPREM mensual: 600 €
- IPREM anual (12 pagas): 7.200 €
- IPREM anual (14 pagas): 8.400 €
El límite de renta aumenta cuando concurre alguna de las siguientes circunstancias especiales:
- Algún miembro de la unidad de convivencia tiene una discapacidad igual o superior al 33 %.
- Algún miembro es víctima de violencia de género.
- Algún miembro es víctima de terrorismo.
- Algún miembro tiene reconocida una situación de dependencia de grado II o III.
- La unidad de convivencia es monoparental.
- Existe una persona electrodependiente.
|
Caso |
Situación general €/año |
Situación especial €/año |
|---|---|---|
|
Unidad de convivencia (1 adulto) sin hijos |
Entre 6.300 €/año y 12.600 €/año |
Entre 10.500 €/año y 21.000 €/año |
|
Unidad de convivencia con un menor |
Entre 9.660 €/año y 19.320 €/año |
Entre 13.860 €/año y 27.720 €/año |
|
Familias numerosas |
Igual o más de 16.800 €/año |
- |
|
Pensionistas con prestaciones mínimas |
Igual o más de 8.400 €/año |
- |
Consumidor vulnerable severo
En 2026, los consumidores vulnerables severos contarán con un descuento del 57,5 % en la factura eléctrica a través del bono social, reduciendo de forma significativa el importe final a pagar.
Para ser consumidor vulnerable severo, debes cumplir uno de estos requisitos que aumenten tu condición a severo:
- Percibir menos de la mitad de la renta de un consumidor vulnerable.
- Pertenecer a una unidad de convivencia de familia numerosa con una renta anual máxima de 16.800 € (el doble del IPREM de 14 pagas).
- Recibir una pensión mínima sin una renta mayor a 500 € anuales, y que la renta total del hogar no supere 8.400 € (1 vez el IPREM).
- Si recibes el ingreso mínimo vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.
|
Caso |
Situación general €/año |
Situación especial €/año |
|---|---|---|
|
Unidades de convivencia (1 adulto) sin hijos |
Hasta 6.300 €/año |
Hasta 10.500 €/año |
|
Unidades de convivencia con un menor en casa |
Hasta 9.660 €/año |
Hasta 13.860 €/año |
|
Familias numerosas |
Hasta 16.800 €/año |
- |
|
Pensionistas con prestaciones mínimas |
Hasta 8.400 €/año |
- |
Consumidor en riesgo de exclusión social
Se considera consumidor en riesgo de exclusión social a quien, además de ser consumidor vulnerable severo, recibe apoyo de los servicios sociales de una Administración pública, que financian al menos el 50 % del importe de la factura eléctrica acogida al PVPC.
Mientras se mantengan estas condiciones, no podrá suspenderse el suministro eléctrico por impago, de acuerdo con la normativa vigente.
¿Sabías que...?
La tarifa PVPC pertenece al mercado regulado y es la única que permite acceder al Bono Social. Si actualmente tienes contratada una tarifa del mercado libre, primero deberás cambiar a una comercializadora de referencia para poder solicitar esta ayuda.
Documentación necesaria para solicitar el Bono Social de Luz
Esta es la documentación que debes reunir como consumidor vulnerable para solicitar el Bono Social Eléctrico:
- Modelo de solicitud: documentación disponible en la web de las comercializadoras de referencia (COR).
- Identificación: fotocopia del DNI del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia (incluidos mayores de 14 años con facultad legal y menores de 14 años).
- Empadronamiento: documentación del certificado en vigor de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia.
- Unidades de convivencia: documentación del libro de familia y/o certificados de nacimiento, matrimonio o inscripción como pareja de hecho.
- Sin unidad de convivencia: hoja individual del Registro Civil o documentación expedida por la autoridad competente.
- Familia numerosa: documentación de la copia del título en vigor.
- Miembros con condiciones específicas: documentación acreditativa en caso de discapacidad ≥33 %, víctima de violencia de género, terrorismo o dependencia de grado II o III.
- Electrodependencia: certificado de alguno de los miembros.
- Familias monoparentales: libro de familia y certificado de empadronamiento.
- Beneficiarios del IMV: si la gestión no depende del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en tu comunidad autónoma, deberás presentar documentación a la comercializadora de referencia.
¿Cómo solicitar el Bono Social de Luz?
La solicitud del Bono Social debe presentarse ante una comercializadora de referencia (COR), ya que son las únicas compañías autorizadas para ofrecer la tarifa regulada PVPC.
En España existen ocho comercializadoras de referencia autorizadas para gestionar esta ayuda:
|
Comercializadora de referencia |
Teléfono |
Otros medios de contacto |
|---|---|---|
|
Comercializadora Regulada Grupo Naturgy |
93 271 19 90 |
bonosocial@comercializadoraregulada.es Correo postal: Aptdo. Correos 61.084, 28080 Madrid. |
|
Régsiti |
900 10 10 05 |
bono-social@regsiti.com Dirección postal: Calle Isabel Torres nº 19, 39011 Santander. |
|
Energía XXI |
800 760 333 |
bonosocial@energiaxxi.com Correo postal: Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla. |
|
Comercializadora de Último Recurso Grupo Iberdrola |
900 200 708 |
bonosocial@curenergia.es Correo postal: Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid. |
|
Baser |
900 902 947 |
bonosocial@basercor.es Correo postal: Apartado de Correos 190, 33080 Oviedo. |
|
Comercializador de Referencia Energético Grupo CHC |
900 814 023 |
bonosocial@corenergetico.es Dirección postal: C/ Poeta Joan Maragall, nº 1, 3º, 2, 28020 Madrid. |
|
Energía Ceuta XXI |
900 106 004 |
bonosocial@energiaceutaxxi.com Correo postal: Apartado de Correos 13, 51080 Ceuta. |
|
Teramelcor |
800 007 943 |
bonosocial@teramelcor.es Correo postal: Apartado de Correos 6, 52006 Melilla, |
Métodos de solicitud del Bono Social de Luz
Una vez reunida toda la documentación, puedes presentar la solicitud a través de cualquiera de estos canales habilitados por la comercializadora de referencia:
- Teléfono
- Oficinas comerciales
- Correo electrónico
- Correo postal
- Fax (cuando la comercializadora lo admita)
¿Van a cambiar los requisitos para las familias numerosas?
El Gobierno ha anunciado una reforma para que las familias numerosas accedan al Bono Social en función de sus ingresos y no únicamente por disponer del título oficial. No obstante, este cambio todavía no ha entrado en vigor, por lo que continúa aplicándose la normativa vigente hasta que se apruebe la modificación correspondiente.
Plazos y tiempos de respuesta
El proceso para optar al Bono Social de Luz conlleva los siguientes pasos:
- Solicitud: contactar con la COR y presentar la documentación requerida mediante su formulario.
- Revisión: la COR tiene 15 días hábiles para evaluar tu solicitud y comunicar el resultado.
- Aplicación del descuento: si tu solicitud es aprobada, el descuento se reflejará en la primera factura emitida tras 15 días hábiles.
Desde que presentas la solicitud, pueden transcurrir aproximadamente entre 30 y 35 días hábiles, siempre que no haya incidencias en el proceso para obtener tu descuento.
¿Quieres ahorrar en tu factura?
¡Es muy simple! Utiliza el comparador Hello Watt para escoger la oferta que mejor se adapte a tus necesidades.
¡Compara!Renovación y pérdida del Bono Social de Luz
El Bono Social Eléctrico tiene una vigencia de dos años, salvo en el caso de las familias numerosas, cuya renovación está vinculada a la validez del título acreditativo. Antes de que finalice este periodo, las comercializadoras de referencia deben informar al beneficiario con una antelación mínima de dos meses.
¿Cómo renovar el Bono Social?
El Bono Social se renovará siempre que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos y se mantenga el consentimiento de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años cuando sea necesario.
En el caso de las familias numerosas, la renovación también será automática mientras el título siga vigente y se continúen cumpliendo las condiciones exigidas por la normativa.
Si el Bono Social caduca y continúas reuniendo los requisitos, podrás solicitarlo de nuevo presentando la documentación correspondiente.
¿Se puede perder el Bono Social?
Sí. El derecho al Bono Social puede extinguirse si dejas de cumplir alguno de los requisitos exigidos por la normativa.
Entre las causas más habituales se encuentran:
- Dejar de cumplir los requisitos económicos o personales.
- Cambiar de vivienda habitual sin solicitar nuevamente la ayuda.
- Pasar del mercado regulado al mercado libre al contratar una tarifa distinta del PVPC.
Si pierdes el Bono Social y posteriormente vuelves a cumplir los requisitos, podrás solicitarlo nuevamente.
Límites de consumo y tarifas asociadas
Los consumidores en circunstancias vulnerables a los que se le concede este bono de luz tienen un límite de consumo y si se sobrepasa la electricidad que supere dicho límite, se facturará a precio PVPC, sin descuento y con el IVA de luz correspondiente aplicado.
Límites de consumo anual y tarifas aplicables
Estos son los límites de consumo de energía para el Bono Social de Luz:
|
Caso |
Consumo mensual |
Consumo anual |
|---|---|---|
|
Unidad de convivencia sin hijos |
132 kWh |
1.584 kWh |
|
Unidad de convivencia con un menor |
185 kWh |
2.222 kWh |
|
Unidad de convivencia con dos menores |
224 kWh |
2.688 kWh |
|
Familias numerosas |
396 kWh |
4.752 kWh |
|
Pensionistas |
185 kWh |
2.222 kWh |
¿Qué pasa si excedo los límites?
En 2026, el descuento del 42,5 % o del 57,5 % solo se aplica sobre el consumo subvencionable. La energía que supere los límites establecidos se factura al precio PVPC sin descuento.
Bono Social Térmico
El Bono Social Térmico es una ayuda económica anual (pago único por transferencia) para apoyar los gastos de calefacción, agua caliente y cocina. En 2026, serán beneficiarias automáticamente las personas que tengan vigente el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2025 (es decir, “a 31 de diciembre del año anterior”), sin solicitud adicional.
La gestión y el pago lo hacen las Comunidades Autónomas (no aparece en la factura), y la cuantía depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática donde residas. Si no tienes la luz domiciliada o faltan datos, te pueden pedir el IBAN para poder ingresarlo.
¿Más información?
¡El equipo de Hello Watt resuelve todas tus dudas y te acompaña para que tomes la mejor decisión sobre tu energía!
¡Contáctanos!Preguntas frecuentes sobre el Bono Social de Luz
¿Por qué pago la financiación del Bono Social si no soy beneficiario?
Aunque no recibas el Bono Social, es posible que en tu factura aparezca el concepto "Financiación Bono Social". Se trata de un coste regulado destinado a financiar este sistema de ayudas y que las comercializadoras pueden repercutir en el recibo. No significa que seas beneficiario del Bono Social ni que hayas solicitado esta ayuda.
¿Qué hacer si no me conceden el Bono Social de la luz?
Si te han denegado el Bono Social de Luz, revisa la notificación de tu comercializadora, y según circunstancias, puede ser un error. Lo mejor es contactar con tu Comercializadora de referencia (COR) y, si no obtienes solución, puedes reclamar ante los servicios de consumo de tu comunidad o municipio.
Además, algunas comunidades y ayuntamientos ofrecen ayudas vinculadas a la vivienda (por ejemplo, alquiler) con convocatorias propias.
¿Te pueden cortar la luz con el bono social?
Durante 2026 continúa vigente la protección extraordinaria para determinados consumidores vulnerables. Los hogares acogidos al Bono Social mantienen plazos de protección más amplios frente al corte de suministro y, en el caso de los consumidores en riesgo de exclusión social, el suministro eléctrico no puede suspenderse mientras se mantengan las condiciones que dan derecho a esta protección.