¿Qué es el Bono Social de luz?

El Bono Social de Luz o Bono Social Eléctrico es una ayuda del Gobierno destinada a reducir el importe de la factura eléctrica de los consumidores en situación de vulnerabilidad económica. Se aplica sobre la tarifa regulada Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y ofrece descuentos en función de la situación económica y familiar del solicitante.

Resumen

  • El descuento aumenta hasta el 42,5 % para consumidores vulnerables y hasta el 57,5 % para vulnerables severos.
  • Desde julio de 2026, la financiación del Bono Social que aparece en algunas facturas pasa de 0,58 €/mes a aproximadamente 0,75 €/mes antes de impuestos.
  • Para solicitar el Bono Social Eléctrico se debe tener contratada el PVPC del mercado regulado.
Bono Social de Luz

Requisitos para acceder al Bono Social de Luz

Para solicitar el Bono Social Eléctrico y obtener tu descuento en la factura, debes cumplir un mínimo de requisitos como consumidor:

  • Tener contratada en tu vivienda habitual la tarifa PVPC, que es una tarifa regulada destinada únicamente a personas físicas o microempresas cuya potencia contratada no supere los 10 kW. 
  • Ser considerado consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.

Consumidor vulnerable

En 2026, los consumidores vulnerables tienen derecho a un descuento del 42,5 % en la factura eléctrica. Para acceder a esta categoría debes cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:

  • Tener una renta anual de la unidad de convivencia no superior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incrementándose en 0,3 veces el IPREM por cada adulto adicional y 0,5 veces por cada menor. También pueden acceder las familias numerosas.
  • Ser pensionista por jubilación o incapacidad permanente, percibir la pensión mínima y no superar los 500 € anuales en otros ingresos distintos de la pensión. Si en el hogar perciben ingresos varias personas, se tendrá en cuenta la situación económica de toda la unidad de convivencia.
  • Ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), de acuerdo con la Ley 19/2021.

Los valores de referencia del IPREM utilizados para determinar el acceso al Bono Social son los siguientes:

  • IPREM mensual: 600 €
  • IPREM anual (12 pagas): 7.200 €
  • IPREM anual (14 pagas): 8.400 €

El límite de renta aumenta cuando concurre alguna de las siguientes circunstancias especiales:

  1. Algún miembro de la unidad de convivencia tiene una discapacidad igual o superior al 33 %.
  2. Algún miembro es víctima de violencia de género.
  3. Algún miembro es víctima de terrorismo.
  4. Algún miembro tiene reconocida una situación de dependencia de grado II o III.
  5. La unidad de convivencia es monoparental.
  6. Existe una persona electrodependiente.

Caso

Situación general €/año

Situación especial €/año

Unidad de convivencia (1 adulto) sin hijos

Entre 6.300 €/año y 12.600 €/año

Entre 10.500 €/año y 21.000 €/año

Unidad de convivencia con un menor 

Entre 9.660 €/año y 19.320 €/año

Entre 13.860 €/año y 27.720 €/año

Familias numerosas

Igual o más de 16.800 €/año

-

Pensionistas con prestaciones mínimas

Igual o más de 8.400 €/año

-

Consumidor vulnerable severo

En 2026, los consumidores vulnerables severos contarán con un descuento del 57,5 % en la factura eléctrica a través del bono social, reduciendo de forma significativa el importe final a pagar.

Para ser consumidor vulnerable severo, debes cumplir uno de estos requisitos que aumenten tu condición a severo:

  • Percibir menos de la mitad de la renta de un consumidor vulnerable.
  • Pertenecer a una unidad de convivencia de familia numerosa con una renta anual máxima de 16.800 € (el doble del IPREM de 14 pagas).
  • Recibir una pensión mínima sin una renta mayor a 500 € anuales, y que la renta total del hogar no supere 8.400 € (1 vez el IPREM).
  • Si recibes el ingreso mínimo vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.

Caso

Situación general €/año

Situación especial €/año

Unidades de convivencia (1 adulto) sin hijos

Hasta 6.300 €/año

Hasta 10.500 €/año

Unidades de convivencia con un menor en casa

Hasta 9.660 €/año

Hasta 13.860 €/año

Familias numerosas

Hasta 16.800 €/año

-

Pensionistas con prestaciones mínimas

Hasta 8.400 €/año

-

Consumidor en riesgo de exclusión social

Se considera consumidor en riesgo de exclusión social a quien, además de ser consumidor vulnerable severo, recibe apoyo de los servicios sociales de una Administración pública, que financian al menos el 50 % del importe de la factura eléctrica acogida al PVPC.

Mientras se mantengan estas condiciones, no podrá suspenderse el suministro eléctrico por impago, de acuerdo con la normativa vigente.

¿Sabías que...?

La tarifa PVPC pertenece al mercado regulado y es la única que permite acceder al Bono Social. Si actualmente tienes contratada una tarifa del mercado libre, primero deberás cambiar a una comercializadora de referencia para poder solicitar esta ayuda.

Documentación necesaria para solicitar el Bono Social de Luz

Esta es la documentación que debes reunir como consumidor vulnerable para solicitar el Bono Social Eléctrico:

  • Modelo de solicitud: documentación disponible en la web de las comercializadoras de referencia (COR).
  • Identificación: fotocopia del DNI del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia (incluidos mayores de 14 años con facultad legal y menores de 14 años).
  • Empadronamiento: documentación del certificado en vigor de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia.
  • Unidades de convivencia: documentación del libro de familia y/o certificados de nacimiento, matrimonio o inscripción como pareja de hecho.
  • Sin unidad de convivencia: hoja individual del Registro Civil o documentación expedida por la autoridad competente.
  • Familia numerosa: documentación de la copia del título en vigor.
  • Miembros con condiciones específicas: documentación acreditativa en caso de discapacidad ≥33 %, víctima de violencia de género, terrorismo o dependencia de grado II o III.
  • Electrodependencia: certificado de alguno de los miembros.
  • Familias monoparentales: libro de familia y certificado de empadronamiento.
  • Beneficiarios del IMV: si la gestión no depende del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en tu comunidad autónoma, deberás presentar documentación a la comercializadora de referencia.

¿Cómo solicitar el Bono Social de Luz? 

La solicitud del Bono Social debe presentarse ante una comercializadora de referencia (COR), ya que son las únicas compañías autorizadas para ofrecer la tarifa regulada PVPC.

En España existen ocho comercializadoras de referencia autorizadas para gestionar esta ayuda:

Comercializadora de referencia

Teléfono

Otros medios de contacto

Comercializadora Regulada Grupo Naturgy

93 271 19 90

bonosocial@comercializadoraregulada.es

Correo postal: Aptdo. Correos 61.084, 28080 Madrid.

Régsiti

900 10 10 05

bono-social@regsiti.com

Dirección postal: Calle Isabel Torres nº 19, 39011 Santander.

Energía XXI

800 760 333

bonosocial@energiaxxi.com

Correo postal: Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla.

Comercializadora de Último Recurso Grupo Iberdrola

900 200 708

bonosocial@curenergia.es

Correo postal: Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid.

Baser

900 902 947

bonosocial@basercor.es

Correo postal: Apartado de Correos 190, 33080 Oviedo.

Comercializador de Referencia Energético Grupo CHC

900 814 023

bonosocial@corenergetico.es

Dirección postal: C/ Poeta Joan Maragall, nº 1, 3º, 2, 28020 Madrid.

Energía Ceuta XXI

900 106 004

bonosocial@energiaceutaxxi.com

Correo postal: Apartado de Correos 13, 51080 Ceuta.

Teramelcor

800 007 943

bonosocial@teramelcor.es

Correo postal: Apartado de Correos 6, 52006 Melilla,

Métodos de solicitud del Bono Social de Luz

Una vez reunida toda la documentación, puedes presentar la solicitud a través de cualquiera de estos canales habilitados por la comercializadora de referencia:

  • Teléfono
  • Oficinas comerciales
  • Correo electrónico
  • Correo postal
  • Fax (cuando la comercializadora lo admita)

¿Van a cambiar los requisitos para las familias numerosas?

El Gobierno ha anunciado una reforma para que las familias numerosas accedan al Bono Social en función de sus ingresos y no únicamente por disponer del título oficial. No obstante, este cambio todavía no ha entrado en vigor, por lo que continúa aplicándose la normativa vigente hasta que se apruebe la modificación correspondiente. 

Plazos y tiempos de respuesta

El proceso para optar al Bono Social de Luz conlleva los siguientes pasos:

  1. Solicitud: contactar con la COR y presentar la documentación requerida mediante su formulario.
  2. Revisión: la COR tiene 15 días hábiles para evaluar tu solicitud y comunicar el resultado.
  3. Aplicación del descuento: si tu solicitud es aprobada, el descuento se reflejará en la primera factura emitida tras 15 días hábiles.

Desde que presentas la solicitud, pueden transcurrir aproximadamente entre 30 y 35 días hábiles, siempre que no haya incidencias en el proceso para obtener tu descuento.

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Renovación y pérdida del Bono Social de Luz

El Bono Social Eléctrico tiene una vigencia de dos años, salvo en el caso de las familias numerosas, cuya renovación está vinculada a la validez del título acreditativo. Antes de que finalice este periodo, las comercializadoras de referencia deben informar al beneficiario con una antelación mínima de dos meses.

¿Cómo renovar el Bono Social?

El Bono Social se renovará siempre que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos y se mantenga el consentimiento de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años cuando sea necesario.

En el caso de las familias numerosas, la renovación también será automática mientras el título siga vigente y se continúen cumpliendo las condiciones exigidas por la normativa.

Si el Bono Social caduca y continúas reuniendo los requisitos, podrás solicitarlo de nuevo presentando la documentación correspondiente.

¿Se puede perder el Bono Social?

Sí. El derecho al Bono Social puede extinguirse si dejas de cumplir alguno de los requisitos exigidos por la normativa.

Entre las causas más habituales se encuentran:

  • Dejar de cumplir los requisitos económicos o personales.
  • Cambiar de vivienda habitual sin solicitar nuevamente la ayuda.
  • Pasar del mercado regulado al mercado libre al contratar una tarifa distinta del PVPC.

Si pierdes el Bono Social y posteriormente vuelves a cumplir los requisitos, podrás solicitarlo nuevamente.

Límites de consumo y tarifas asociadas

Los consumidores en circunstancias vulnerables a los que se le concede este bono de luz tienen un límite de consumo y si se sobrepasa la electricidad que supere dicho límite, se facturará a precio PVPC, sin descuento y con el IVA de luz correspondiente aplicado. 

Límites de consumo anual y tarifas aplicables

Estos son los límites de consumo de energía para el Bono Social de Luz:

Caso

Consumo mensual

Consumo anual

Unidad de convivencia sin hijos

132 kWh

1.584 kWh

Unidad de convivencia con un menor

185 kWh

2.222 kWh

Unidad de convivencia  con dos menores

224 kWh

2.688 kWh

Familias numerosas

396 kWh

4.752 kWh

Pensionistas

185 kWh

2.222 kWh

¿Qué pasa si excedo los límites?

En 2026, el descuento del 42,5 % o del 57,5 % solo se aplica sobre el consumo subvencionable. La energía que supere los límites establecidos se factura al precio PVPC sin descuento.

Bono Social Térmico

El Bono Social Térmico es una ayuda económica anual (pago único por transferencia) para apoyar los gastos de calefacción, agua caliente y cocina. En 2026, serán beneficiarias automáticamente las personas que tengan vigente el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2025 (es decir, “a 31 de diciembre del año anterior”), sin solicitud adicional.

La gestión y el pago lo hacen las Comunidades Autónomas (no aparece en la factura), y la cuantía depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática donde residas. Si no tienes la luz domiciliada o faltan datos, te pueden pedir el IBAN para poder ingresarlo.

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Preguntas frecuentes sobre el Bono Social de Luz

¿Por qué pago la financiación del Bono Social si no soy beneficiario?

Aunque no recibas el Bono Social, es posible que en tu factura aparezca el concepto "Financiación Bono Social". Se trata de un coste regulado destinado a financiar este sistema de ayudas y que las comercializadoras pueden repercutir en el recibo. No significa que seas beneficiario del Bono Social ni que hayas solicitado esta ayuda.

¿Qué hacer si no me conceden el Bono Social de la luz?

Si te han denegado el Bono Social de Luz, revisa la notificación de tu comercializadora, y según circunstancias, puede ser un error. Lo mejor es contactar con tu Comercializadora de referencia (COR) y, si no obtienes solución, puedes reclamar ante los servicios de consumo de tu comunidad o municipio. 

Además, algunas comunidades y ayuntamientos ofrecen ayudas vinculadas a la vivienda (por ejemplo, alquiler) con convocatorias propias.

¿Te pueden cortar la luz con el bono social?

Durante 2026 continúa vigente la protección extraordinaria para determinados consumidores vulnerables. Los hogares acogidos al Bono Social mantienen plazos de protección más amplios frente al corte de suministro y, en el caso de los consumidores en riesgo de exclusión social, el suministro eléctrico no puede suspenderse mientras se mantengan las condiciones que dan derecho a esta protección.

Tàrsila Gadón
Tàrsila Gadón

Redactora de contenido sobre energías renovables

Periodista y estudiante de Máster en Marketing Digital con experiencia en comunicación corporativa, estrategias de comunicación y redactora en medios de comunicación digitales. En 2025 se une a Hello Watt para crear contenidos únicos en torno al mercado energético.