¿Qué es el Bono Social de luz?

El Bono Social de Luz o Bono Social Eléctrico es una ayuda del Gobierno para consumidores en circunstancias vulnerables destinada a reducir el impacto de su factura eléctrica. Revisa cómo solicitarlo para acceder a sus beneficios.

Resumen

  • El Bono Social Eléctrico es un descuento del Gobierno en la factura de la luz para consumidores en circunstancias vulnerables.
  • Con el Bono Social de Luz, se otorga automáticamente el Bono Social Térmico a los consumidores vulnerables sin realizar ningún trámite.
  • Para solicitar el Bono Social Eléctrico se debe tener contratada la tarifa Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) del mercado regulado.
Bono Social de Luz
Bono Social de la Luz

Requisitos para acceder al Bono Social de Luz

Para solicitar el Bono Social Eléctrico y obtener tu descuento en la factura, debes cumplir un mínimo de requisitos como consumidor:

  • Tener contratada en tu vivienda habitual la tarifa PVPC, que es una tarifa regulada destinada únicamente a personas físicas o microempresas cuya potencia contratada no supere los 10 kW. 
  • Ser considerado consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.

Consumidor vulnerable

En 2026, los consumidores vulnerables contarán con un descuento del 35 % en la factura eléctrica a través del Bono Social. Serás considerado dentro de esta categoría, si cumples con al menos uno de estos requisitos:

  • Renta anual de unidad de convivencia no superior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), aumentado con más miembros (+ 0,3 por adulto extra, + 0,5 por menor). También se accede con título de familia numerosa
  1. IPREM Mensual: 600 €
  2. IPREM Anual (12 pagas): 7.200 €
  3. IPREM Anual (14 pagas): 8.400 €
  • Ser pensionista por jubilación o incapacidad permanente, cobrar la pensión mínima y no tener ingresos anuales superiores a 500 €. Si en el hogar entra más de una renta, se analizará la situación económica en conjunto.
  • Ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV) según la Ley 19/2021.

Si se da alguna de las siguientes circunstancias especiales, puedes tener hasta 8.400 €  (equivale a sumar 1 IPREM al límite de renta) más de ingresos y seguir siendo considerado consumidor vulnerable:

  • Que uno de los miembros de la unidad de convivencia tenga al menos un 33 % de discapacidad.
  • Que uno de los miembros de la unidad de convivencia haya sufrido violencia de género.
  • Que uno de los miembros de la unidad de convivencia sea víctima de terrorismo.
  • Que uno de los miembros de la unidad de convivencia esté en situación de dependencia de grado II o III.
  • Que la unidad de convivencia sea monoparental.
  • Que uno de los miembros de la unidad de convivencia tenga electrodependencia.

Caso

Situación general (€/año)

Situación especial (€/año)

Unidad de convivencia (1 adulto) sin hijos

Entre 6.300 y 12.600

Entre 10.500 y 21.000

Unidad de convivencia con un menor 

Entre 9.660 y 19.320

Entre 13.860 y 27.720

Familias numerosas

Igual o más de 16.800

-

Pensionistas con prestaciones mínimas

Igual o más de 8.400

-

¿Sabías que..?

La tarifa PVPC no permite contratar luz ecológica a los consumidores, ya que no ofrece opciones de energía renovable. Para ello, debes pasarte al mercado libre de energía, donde los consumidores tratan de encontrar mejores compañías de luz que puedan garantizar luz 100 % renovable.

Consumidor vulnerable severo

En 2026, los consumidores vulnerables severos contarán con un descuento del 50 % en la factura eléctrica a través del Bono Social, reduciendo de forma significativa el importe final a pagar.

Para ser consumidor vulnerable severo, debes cumplir uno de estos requisitos que aumenten tu condición a severo:

  • Percibir menos de la mitad de la renta de un consumidor vulnerable.
  • Pertenecer a una unidad de convivencia de familia numerosa con una renta anual máxima de 16.800 € (el doble del IPREM de 14 pagas).
  • Recibir una pensión mínima sin una renta mayor a 500 € anuales, y que la renta total del hogar no supere 8.400 € (1 vez el IPREM).
  • Si recibes el ingreso mínimo vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.

Caso

Situación general (€/año)

Situación especial (€/año)

Unidades de convivencia (1 adulto) sin hijos

Hasta 6.300

Hasta 10.500

Unidades de convivencia con un menor en casa

Hasta 9.660

Hasta 13.860

Familias numerosas

Hasta 16.800

-

Pensionistas con prestaciones mínimas

Hasta 8.400

-

Consumidor en riesgo de exclusión social

Para ser parte de los consumidores en circunstancias vulnerables en riesgo de exclusión social, debes ser considerado vulnerable severo y contar con el apoyo de servicios sociales, que financiarán, al menos, el 50 % de tu factura PVPC. La prohibición de suspender el suministro a los colectivos se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2025; a partir de 2026, las reglas vuelven a ser las estándar.

Este grupo de consumidores vulnerables severos está exento del pago parcial de la factura de electricidad y, en ningún caso, se podrá interrumpir el suministro eléctrico ni proceder a la baja de luz por impago. 

Documentación necesaria para solicitar el Bono Social de Luz

Esta es la documentación que debes reunir como consumidor vulnerable para solicitar el Bono Social Eléctrico:

  • Modelo de solicitud: documentación disponible en la web de las comercializadoras de referencia (COR).
  • Identificación: fotocopia del DNI del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia (incluidos mayores de 14 años con facultad legal y menores de 14 años).
  • Empadronamiento: documentación del certificado en vigor de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia.
  • Unidades de convivencia: documentación del libro de familia y/o certificados de nacimiento, matrimonio o inscripción como pareja de hecho.
  • Sin unidad de convivencia: hoja individual del Registro Civil o documentación expedida por la autoridad competente.
  • Familia numerosa: documentación de la copia del título en vigor.
  • Miembros con condiciones específicas: documentación acreditativa en caso de discapacidad ≥33 %, víctima de violencia de género, terrorismo o dependencia de grado II o III.
  • Electrodependencia: certificado de alguno de los miembros.
  • Familias monoparentales: libro de familia y certificado de empadronamiento.
  • Beneficiarios del IMV: si la gestión no depende del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en tu comunidad autónoma, deberás presentar documentación a la comercializadora de referencia.

¿Qué pasa si no tengo el boletín eléctrico?

El boletín eléctrico no es un requisito mínimo obligatorio para solicitar el Bono Social de luz, ya que este se basa en criterios de renta y vulnerabilidad. Solo será necesario si la instalación de la red eléctrica es antigua y no cumple la normativa o si se trata de un alta nueva de luz, la cual tiene costes específicos y un plazo de activación determinado, dependiendo de la distribuidora.​

¿Cómo solicitar el Bono Social de Luz?

El Bono Social de luz debe ser solicitado por el consumidor ante una comercializadora de referencia (COR), las únicas compañías autorizadas a ofrecer la tarifa regulada PVPC. En España, solo ocho compañías pueden comercializarla:

Comercializadora de referencia

Teléfono

Otros medios de contacto

Comercializadora Regulada Grupo Naturgy

932 711 990

bonosocial@comercializadoraregulada.es

Correo postal: Aptdo. Correos 61.084, 28080 Madrid.

Régsiti

900 101 005

bono-social@regsiti.com

Dirección postal: Calle Isabel Torres nº 19, 39011 Santander.

Energía XXI

800 760 333

bonosocial@energiaxxi.com

Correo postal: Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla.

Comercializadora de Último Recurso Grupo Iberdrola

900 200 708

bonosocial@curenergia.es

Correo postal: Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid.

Baser

900 902 947

bonosocial@basercor.es

Correo postal: Apartado de Correos 190, 33080 Oviedo.

Comercializador de Referencia Energético Grupo CHC

900 814 023

bonosocial@corenergetico.es

Dirección postal: C/ Poeta Joan Maragall, nº 1, 3º, 2, 28020 Madrid.

Energía Ceuta XXI

900 106 004

bonosocial@energiaceutaxxi.com

Correo postal: Apartado de Correos 13, 51080 Ceuta.

Teramelcor

800 007 943

bonosocial@teramelcor.es

Correo postal: Apartado de Correos 6, 52006 Melilla,

¡Recuerda!

Para solicitar el Bono Social Eléctrico necesitas ser el titular de la luz, por lo que si eres inquilino, tendrás que realizar el cambio de titularidad. Necesitas tanto tus datos personales y bancarios como los del actual titular, la dirección de la vivienda, el Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) y una copia del contrato de alquiler. Una vez hecho, podrás solicitar el bono si cumples los requisitos.

Métodos de solicitud del Bono Social de Luz

Existen varias vías disponibles para solicitar el Bono Social de la Luz

  • Teléfono
  • En las oficinas (siempre que estas existan)
  • Fax
  • Correo electrónico 
  • Correo postal

Plazos y tiempos de respuesta

El proceso para optar al Bono Social de Luz conlleva los siguientes pasos:

  1. Solicitud: contactar con la COR y presentar la documentación requerida mediante su formulario.
  2. Revisión: la COR tiene 15 días hábiles para evaluar tu solicitud y comunicar el resultado.
  3. Aplicación del descuento: si tu solicitud es aprobada, el descuento se reflejará en la primera factura emitida tras 15 días hábiles.

Desde que presentas la solicitud, pueden transcurrir aproximadamente entre 30 y 35 días hábiles, siempre que no haya incidencias en el proceso para obtener tu descuento.

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Renovación y pérdida del Bono Social de Luz

El Bono Social Eléctrico dura dos años, y las COR deben avisar con al menos dos meses de antelación, tanto si se renueva como si se pierde la ayuda.

Proceso de renovación automática y manual

El Bono Social eléctrico se renueva automáticamente si se siguen cumpliendo el mínimo de los requisitos y los miembros mayores de 14 años dan su consentimiento. Para familias numerosas, la renovación también es automática si mantienen el título acreditativo y manifiestan su conformidad.

Al vencer el bono, si llega la fecha de vencimiento y no han podido renovarlo automáticamente, el consumidor en condiciones vulnerables puede solicitarlo con la documentación requerida. Si uno de los miembros cumple 14 años y puede trabajar durante la vigencia del bono, será necesario presentar una nueva solicitud.

¿Se puede perder el Bono de la Luz?

Sí, es posible perder esta ayuda, ya que está sujeta a revisiones periódicas para comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos. Esta pérdida se puede materializar si la unidad de convivencia deja de cumplir las condiciones, si hay un cambio de vivienda y se debe solicitar nuevamente o si se contrata una tarifa en el mercado libre.

Además, es importante estar atento a la normativa y renovar la solicitud cuando corresponda. En caso de perderla, se puede volver a solicitar si se cumplen nuevamente los criterios establecidos.

Límites de consumo y tarifas asociadas

Los consumidores en circunstancias vulnerables a los que se le concede este bono de luz tienen un límite de consumo y si se sobrepasa la electricidad que supere dicho límite, se facturará a precio PVPC, sin descuento y con el IVA de luz correspondiente aplicado. 

Límites de consumo anual y tarifas aplicables

Estos son los límites de consumo de energía para el Bono Social de Luz, con la energía medida en kWh:

Caso

Consumo mensual (kWh)

Consumo anual (kWh)

Unidad de convivencia sin hijos

132

1.587

Unidad de convivencia con un menor

185

2.222

Unidad de convivencia  con dos menores

224

2.698

Familias numerosas

396

4.761

Pensionistas

185

2.222

¿Qué pasa si excedo los límites?

Si excedes el límite de consumo de energía, el exceso se cobra a precio PVPC sin descuento. El 35 % o 50 % de descuento (según sea vulnerable o vulnerable severo) solo se aplica dentro del límite. Si no superas el límite, el descuento cubre toda la energía facturada.

Bono Social Térmico

El Bono Social Térmico es una ayuda económica anual (pago único por transferencia) para apoyar los gastos de calefacción, agua caliente y cocina. En 2026, serán beneficiarias automáticamente las personas que tengan vigente el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2025, sin solicitud adicional.

La gestión y el pago lo hacen las Comunidades Autónomas (no aparece en la factura), y la cuantía depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática donde residas. Si no tienes la luz domiciliada o faltan datos, te pueden pedir el IBAN para poder ingresarlo.

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Preguntas frecuentes sobre el Bono Social de Luz

¿Qué beneficios ofrece el Bono Social de Luz?

El Bono Social de Luz ofrece un 35 % de descuento si eres consumidor vulnerable  y un 50 % para circunstancias de consumidor vulnerable severo. Además, otorga cuatro meses para pagar facturas antes de un corte y protege del corte a hogares con menores de 16 años, discapacidad ≥33 % o dependencia grado II o III.

¿Qué hacer si no me conceden el Bono Social de la luz?

Si te han denegado el Bono Social de Luz, revisa la notificación de tu comercializadora, y según circunstancias, puede ser un error. Lo mejor es contactar con tu Comercializadora de referencia (COR) y, si no obtienes solución, puedes reclamar ante los servicios de consumo de tu comunidad o municipio. 

Además, si actualmente tienes una tarifa en el mercado libre, revisa tu factura para confirmar tu compañía y, si cumples los requisitos de consumidor vulnerable, debes cambiar a una COR para contratar la tarifa PVPC. Este trámite es gratuito si mantienes la misma potencia contratada, y el bono social puede ofrecerte descuentos que reduzcan tu factura de electricidad.

¿Qué otros bonos sociales puedes solicitar?

Si no cumples los requisitos del Bono Social Eléctrico, todavía puedes optar a otras ayudas: en muchos municipios existe un bono social del agua (bonificaciones en la factura, según tu ayuntamiento o la empresa suministradora) y, según tu situación, también puedes solicitar ayudas de emergencia social para gastos básicos del hogar a través de Servicios Sociales

Además, algunas comunidades y ayuntamientos ofrecen ayudas vinculadas a la vivienda (por ejemplo, alquiler) con convocatorias propias.

¿Te pueden cortar la luz con el Bono Social?

Si tienes el bono social, en general no deberían cortarte la luz por impago hasta el 31/12/2025. A partir del 01/01/2026, podrían hacerlo si no se prorroga la protección, pero con plazos y avisos más largos que a otros clientes. Si estás catalogado como “en riesgo de exclusión social”, no te la pueden suspender. Si te llega un aviso de corte, contacta cuanto antes con tu comercializadora y con Servicios Sociales para activar la protección o un aplazamiento.

Tàrsila Gadón
Tàrsila Gadón

Redactora de contenido sobre energías renovables

Periodista y estudiante de Máster en Marketing Digital con experiencia en comunicación corporativa, estrategias de comunicación y redactora en medios de comunicación digitales. En 2025 se une a Hello Watt para crear contenidos únicos en torno al mercado energético.