El Bono Social de luz es una ayuda económica que ofrece el Gobierno a los consumidores en condición de vulnerabilidad para mejorar su calidad de vida. ¡Conoce cómo puedes obtenerlo en el siguiente artículo!

Resumen

  • El bono social de la luz es una ayuda económica que brinda el Gobierno español a los consumidores en situación de vulnerabilidad.
  • Una vez se otorga el bono social de luz, el usuario también recibe el bono social térmico.
  • Para solicitar el bono eléctrico se debe tener contratada la tarifa Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) del mercado regulado.

 ¿Qué es el bono social de luz?

Oficialmente conocido como bono social de electricidad, es el descuento en la factura eléctrica de aquellos consumidores que demuestren estar en condiciones de vulnerabilidad y que tengan contratado su servicio de luz a través del PVPC. Este bono social se regula mediante un decreto que establece las condiciones específicas para su solicitud y renovación.

Para que los consumidores puedan solicitar el bono eléctrico deben cumplir ciertos requisitos, y una vez analizada la documentación podrán ser catalogados como consumidor vulnerable, consumidor vulnerable severo o consumidor en riesgo de exclusión social.

El PVPC o Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor es la tarifa que establece el Gobierno español para el mercado regulado de la luz. Este precio determina que lo que pagan los usuarios por la electricidad consumida, es el mismo coste de la energía determinado por el mercado mayorista eléctrico.

Las características principales del mercado regulado de luz son:

  • Está disponible solo para potencias eléctricas de hasta 10 kW.
  • Solo se puede contratar a través de comercializadoras de referencia.
  • Para tener acceso a una tarifa de luz por horas es necesario tener un contador digital.
  • El precio de la luz es fluctuante: varía cada hora.
  • Nunca ofrece promociones

¿Cuáles son los descuentos del bono social de luz?

Los descuentos del Bono Social Eléctrico en España son los siguientes:

  • Consumidores vulnerables: 57,5 % de descuento en la factura de la luz.
  • Consumidores vulnerables severos: 72,5 % de descuento en la factura de la luz.
  • Consumidores en riesgo de exclusión social: no tienen que hacer frente al pago de la factura de la luz y tampoco se les puede interrumpir el suministro eléctrico.

Estos porcentajes estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir del 1 de enero de 2025, los descuentos se reducirán gradualmente:

  • Del 1 de enero al 31 de marzo de 2025: 50 % para consumidores vulnerables y 65 % para vulnerables severos.
  • Del 1 de abril al 30 de junio de 2025: 42,5 % para consumidores vulnerables y 57,5 % para vulnerables severos.
  • A partir del 1 de julio de 2025: 35 % para consumidores vulnerables y 50 % para vulnerables severos.

Estos cambios buscan normalizar las bonificaciones tras las medidas excepcionales adoptadas durante la crisis energética. Otros beneficios del bono social eléctrico:

  • Otorga un periodo más largo para hacer frente a facturas pendientes de pago: después de la primera notificación, los usuarios tienen cuatro meses de margen para poner al día el pago antes de una suspensión.
  • Prohíbe la suspensión del suministro: para hogares donde haya al menos un menor de 16 años o alguna persona con grado de discapacidad igual o superior al 33 % o en situación de dependencia grados II o III (previo certificado expedido por los servicios sociales de las administraciones públicas competentes).

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¿Quiénes pueden pedir el bono social de luz?

El acceso a esta ayuda depende de las circunstancias particulares del consumidor, como su nivel de ingresos o su situación familiar. Al bono social eléctrico pueden aplicar personas o unidades de convivencia que cumplan con estas dos condiciones:

  1. Tener contratada la tarifa PVPC en la vivienda habitual.
  2. Que el titular del contrato o algún miembro de la unidad de convivencia se encuentre en una de las siguientes situaciones:
  • En riesgo de exclusión social
  • En situación de desempleo o con recursos económicos limitados.
  • Afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE).
  • Empresario/a con pérdida sustancial de ingresos
  • Con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
  • Víctima de violencia de género
  • Víctima de terrorismo
  • En situación de dependencia reconocida de grado II o III.
  • Familia monoparental
  • Familia numerosa

Se considera Unidad de Convivencia al grupo de personas que residen en un mismo domicilio y están vinculadas entre sí por consanguinidad, adopción, acogimiento familiar permanente o matrimonio. También se incluye a las parejas de hecho como parte de esta definición. Es importante destacar que una misma persona no puede formar parte de dos o más unidades de convivencia al mismo tiempo.

Según las condiciones personales, familiares o de renta, el Gobierno ha clasificado a los beneficiarios en tres grupos: consumidores vulnerables, consumidores vulnerables severos y consumidores en riesgo de exclusión social.

Estos son los requisitos personales, familiares y de renta que deben cumplir los consumidores para pedir el bono social de luz:

1- Consumidor Vulnerable

Para ser considerado Consumidor Vulnerable, el usuario debe cumplir con alguno de estos requisitos:

  • Que el ingreso de la renta del hogar sea inferior a 14 pagas anuales de 12.600 € o 16.800 €.
  • Que se trate de una familia numerosa.
  • Que el consumidor o todos los beneficiarios de ingresos sean pensionistas (jubilados o incapacitados) de cuantía mínima de la Seguridad Social y que tampoco perciban otros ingresos superiores a 500 € anuales.
  • Que el consumidor o alguno de los miembros de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

Caso

Renta general €/año

Renta especial €/año

Personas o parejas sin hijos

≤ 1,5 IPREM: 12.600

≤ 2 IPREM: 16.800

Familias con un menor en casa

≤ 2 IPREM: 16.800

≤ 2,5 IPREM: 20.265,70

Familias con dos menores

≤ 2,5 IPREM: 20.265,70

≤ 3 IPREM: 24.318,84

Familias numerosas

Independientemente de la renta

Independientemente de la renta

Pensionistas con prestaciones mínimas

Independientemente de la renta

Independientemente de la renta

2- Consumidor Vulnerable Severo

Para ser considerado Consumidor Vulnerable Severo, el usuario debe cumplir con alguno de estos requisitos:

  • Percibir menos de la mitad del ingreso de la renta de un consumidor vulnerable.
  • Si se trata de una familia numerosa, debe percibir una renta anual menor a 14 pagas de 12.600 € o 16.800 €.
  • Que el consumidor o todos los beneficiarios de ingresos sean pensionistas (jubilados o incapacitados) de cuantía mínima de la Seguridad Social y que la unidad de convivencia no perciba una renta anual superior a 14 pagas 12.600 € o 16.800 €.
  • Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplica este criterio: percibir menos de la mitad del ingreso de la renta de un consumidor vulnerable.

3- Consumidor en Riesgo de Exclusión Social

Para ser considerado Consumidor en Riesgo de Exclusión Social, es necesario cumplir primero con los requisitos para ser reconocido como Consumidor Vulnerable Severo. Además, debe contar con el apoyo de los Servicios Sociales de una Administración Pública (autonómica o local), que financiarán, al menos, el 50 % de su factura de PVPC.

Este grupo está exento del pago parcial de la factura de electricidad y no puede ser objeto de interrupción del suministro eléctrico bajo ninguna circunstancia.

¿Puedo solicitar el bono social eléctrico si no soy el titular del contrato de luz?

No, para acceder al bono es imprescindible que la solicitud la haga el titular del contrato. No obstante, si eres inquilino puedes hacer un cambio de titular.

Para solicitar el cambio de titular se necesita la siguiente información:

  • Datos del titular del suministro (nombre, apellidos, teléfono, DNI)
  • Datos bancarios del titular
  • Dirección del punto de suministro
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) de la vivienda
  • Copia del contrato de alquiler​​

¿Qué documentos se necesitan para pedir el bono social de luz?

Estos son los documentos que los usuarios deben presentar para solicitar el bono social eléctrico:

  • Modelo de solicitud del bono social: disponible en la página web de las comercializadoras de referencia y en sus oficinas de atención al consumidor (siempre y cuando estas tengan oficinas).
  • Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia (incluidos los mayores de 14 años y los menores de 14 años que dispongan de este documento de identidad).
  • Certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Para unidades de convivencia: libros de familia y/o certificados de nacimiento y/o certificados de matrimonio y/o certificación de la inscripción como pareja de hecho o documento público en el que conste la constitución de dicha pareja. Cuando corresponda, resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento.
  • Unidades de convivencia conformadas por un único progenitor y, al menos, un menor: libro de familia y certificado de empadronamiento.
  • En caso de no formar parte de una unidad de convivencia: hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
  • Familias numerosas: copia del título de familia numerosa en vigor.
  • Miembros de la unidad de convivencia con alguna de estas condiciones: discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, víctima de violencia de género, víctima de terrorismo o situación de dependencia reconocida de grado II o III certificado, requerirán un documento acreditativo que debe obtener del órgano competente en servicios sociales.
  • Boletín Eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica: necesario si la instalación eléctrica no cumple con los estándares actuales de seguridad o si se trata de una alta nueva de suministro.

¿Cómo se puede solicitar el bono social de luz?

Existen varias vías disponibles para solicitar el bono social de la luz, entre las que se incluyen la gestión por teléfono, correo electrónico y correo postal. La solicitud debe ser tramitada por la comercializadora de referencia con la que se contrató el servicio. Para ello, es necesario completar el formulario específico sobre el bono social de la luz que cada comercializadora pone a disposición de sus clientes.

Cabe destacar que las comercializadoras de referencia son las únicas compañías autorizadas para ofrecer la tarifa regulada de luz (PVPC). En España, únicamente ocho comercializadoras están habilitadas para comercializar esta tarifa.

Comercializadora de referencia

Teléfono

Comercializadora Regulada Grupo Naturgy

900 724 900

Régsiti

900 10 10 05

Energía XXI

800 760 333

Comercializadora de Último Recurso Grupo Iberdrola

900 200 708

Baser

900 902 947

Comercializador de Referencia Energético Grupo CHC

900 814 023

Energía Ceuta XXI

900 106 004

Teramelcor

800 007 943

Plazos para obtener el bono social de la luz

El proceso para obtener el Bono Social de la luz implica los siguientes pasos y plazos específicos:

  1. Presentación de la solicitud: debes enviar la solicitud del Bono Social a tu Comercializadora de Referencia, junto con la documentación requerida.
  2. Revisión de la solicitud: la comercializadora tiene un plazo de 10 días hábiles para revisar la documentación y comunicarte el resultado de las comprobaciones.
  3. Aplicación del descuento: si tu solicitud es aprobada, el descuento del Bono Social se reflejará en la primera factura emitida después de 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud completa por parte de la comercializadora.

Ten en cuenta que desde que presentas la solicitud hasta que el descuento se aplica en tu factura, pueden transcurrir aproximadamente entre 25 y 30 días hábiles, siempre que no haya incidencias en el proceso.

¿Cómo renovar el bono social de luz?

El bono social eléctrico tiene una duración de dos años y se renueva automáticamente, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos por la normativa vigente y se cuente con el consentimiento de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años y con capacidad para trabajar.

Las comercializadoras están obligadas a informar a sus clientes con al menos dos meses de antelación sobre la próxima expiración del bono. Una excepción a esta regla son las familias numerosas, para quienes la renovación es automática, siempre y cuando manifiesten su conformidad y conserven el título acreditativo. Una vez finalizado el periodo de vigencia del título, el consumidor podrá solicitar nuevamente el bono social de luz, presentando todos los documentos requeridos.

En el caso de que, durante la vigencia del bono, algún miembro menor de edad de la unidad familiar cumpla 14 años y adquiera capacidad para trabajar, la renovación automática no será posible. En esta situación, será necesario presentar una nueva solicitud y aportar nuevamente toda la documentación requerida.

¿El bono social de luz tiene un límite de consumo?

Sí, este bono tiene un límite y si se sobrepasa la electricidad que supere dicho límite se facturará a precio PVPC, sin descuento. Estos son los límites de consumo de energía anual para el bono social de luz:

Caso

Consumo mensual

Consumo anual

Familia sin hijos

115 kWh

1.380 kWh

Familia con un menor

160 kWh

1.932 kWh

Familia con dos menores

195 kWh

2.346 kWh

Familias numerosas

345 kWh

4.140 kWh

Pensionistas

160 kWh

1.932 kWh

Si tengo una tarifa contratada con el mercado libre, ¿puedo solicitar el bono social de luz?

Lo primero que hay que verificar es que cumples con los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable. Una vez hayas confirmado que puedes aplicar a esta ayuda social, tienes que cambiar tu contrato de suministro eléctrico a una comercializadora de referencia, o sea contratar la tarifa PVPC del mercado regulado.

Esta gestión es gratuita siempre que la potencia contratada sea la misma. Cabe resaltar que obtener el bono social es la mejor opción para ahorrar dinero en la factura de luz.

¿Puedo perder el bono social de luz?

Sí, es posible perder esta ayuda social en tres casos:

1) Si se dejan de cumplir las condiciones para acceder a la ayuda.
2) Si se produce un cambio de vivienda. (En este caso el usuario tendrá que solicitarlo de nuevo).
3) Si se realiza el cambio al mercado libre y se contrata una nueva tarifa de luz.

¿Sabías qué?

El IVA aplicado a la electricidad en España ha experimentado variaciones recientes. En 2024, el IVA se incrementó al 21 % debido a la disminución de los precios mayoristas de la electricidad por debajo del umbral establecido por el Gobierno. Sin embargo, si los precios superan los 45 €/MWh y la potencia contratada no excede los 10 kW, el IVA se mantendrá en el 10 % hasta el 31 de diciembre de 2024. 

El bono social térmico

El bono social térmico es un complemento del bono social eléctrico diseñado para ayudar a los consumidores más vulnerables a cubrir los gastos relacionados con la calefacción, el agua caliente y la cocina. Esta ayuda beneficia automáticamente a los titulares del bono social eléctrico al 31 de diciembre del año anterior o a quienes hayan obtenido su aprobación, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional.

Para acceder al bono social de gas, es indispensable tener contratada la tarifa de gas del mercado regulado. Esto se debe a que los bonos sociales son ayudas gestionadas por el Gobierno, las cuales únicamente pueden solicitarse si se dispone de tarifas contratadas en el mercado regulado.

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Preguntas sobre el bono social de luz

¿Puedo renunciar al bono social de luz y cambiarme al mercado libre?

Sí, puedes renunciar al bono social en cualquier momento y cambiarte del mercado regulado al mercado libre. No es necesario realizar un trámite específico para cancelar el bono social, ya que este se anula automáticamente al efectuar el cambio.

Sin embargo, para que la suscripción al mercado libre sea válida, el cliente debe firmar el documento de "Renuncia a la aplicación del bono social" y enviarlo a la nueva comercializadora.

¿Puedo contratar luz ecológica si tengo la tarifa PVPC?

No, no es posible contratar luz ecológica si estás acogido a la tarifa PVPC. Esta tarifa, gestionada por las comercializadoras de referencia, no incluye opciones específicas de energía renovable. Si deseas contratar luz ecológica, deberías cambiarte al mercado libre, donde algunas comercializadoras garantizan el suministro de energía de origen 100% renovable.

¿Cómo saber qué compañía de luz tengo?

Para saber qué compañía de luz tienes contratada, revisa una factura reciente, donde aparece el nombre de la comercializadora. Si no tienes facturas, consulta tus recibos bancarios o contacta a tu distribuidora, que puede proporcionarte esta información con base en tu dirección. Recuerda que la comercializadora es quien gestiona la facturación y venta de energía, mientras que la distribuidora se encarga del mantenimiento de la red, para casos especiales debes comunicarte con quien corresponda. 

Johant Rodríguez

Johant Rodríguez

Redactora de contenido & SEO

Periodista de profesión, especialista en creación de contenido por más de ocho años. Actualmente, estudiante de master en redacción y medias, con ella descubrirás todo sobre el mercado de la energía.