Todos los contratos de energía están a nombre de la persona que contrata la luz o el gas en la vivienda, o sea la que es responsable del suministro energético y que paga las facturas correspondientes. 

Resumen

  • El cambio de titular de gas debe hacerse en cualquiera de estos casos: compraventa o alquiler de un inmueble, separación o divorcio: y fallecimiento del titular. 
  • Es un trámite gratuito que se puede hacer en cualquier momento. 
  • El cambio de titularidad tarda de 15 a 20 días hábiles. 
  • No es necesario el boletín eléctrico para hacer el cambio de titular, sin embargo, el CUPS será requerido para efectuar el procedimiento.  

¿En qué consiste cambiar de titular de la luz?

Es el proceso mediante el cual se pone a nombre del nuevo usuario de la vivienda el contrato de la electricidad; de esta manera, este nuevo titular se hará cargo de pagar por su consumo eléctrico. 

¿En qué casos se debe cambiar la titularidad?

Casos en los que cambiar el titular de luz:

  • Compraventa de un inmueble: el nuevo dueño debe poner a su nombre el contrato de electricidad y las facturas de luz llegarán con sus datos.
  • Alquiler de una vivienda: el inquilino adquiere tanto los derechos como las obligaciones del contrato de luz, responsabilizándose del estado de este suministro y de mantener en buen estado la instalación eléctrica.
  • Separación o divorcio: el miembro de la pareja que finalmente permanezca en el inmueble deberá figurar como titular en el contrato de luz.
  • Fallecimiento del titular: un familiar directo deberá realizar el cambio de titular y poner su nombre en el contrato de energía.

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¿Para qué sirve un cambio de titularidad?

Se trata de la gestión que permite traspasar esta responsabilidad de un usuario a otro y permite al nuevo titular adquirir tanto los derechos como las obligaciones derivadas del contrato de luz.

¿Quién es considerado un titular de un contrato de energía?

El titular de un contrato de luz o gas natural viene reflejado en cualquier factura, normalmente en el anverso, en la parte superior. Habitualmente, el titular de un contrato coincide con la persona encargada de pagar el coste de los recibos. Ser el titular, por lo tanto, supone ser el responsable del suministro eléctrico o de gas natural y asumir cualquier obligación y derecho relacionado con este.

¿Cuáles son los motivos para poner el contrato de luz a tu nombre?

Si no se realiza el cambio de contrato, existen supuestos que el inquilino no podrá realizar:

  • Modificaciones de la potencia eléctrica contratada.
  • Elegir una tarifa de electricidad distinta o compañía de luz más barata que la que tiene contratada.
  • Cambios de comercializadora.
  • Cambios en la factura o en el número de cuenta asociado.

¿Cómo realizar el cambio de titular de luz?

  1. Contactar con la compañía con la que desea contratar el suministro de luz.
  2. Suministrar los datos del antiguo y el nuevo titular, la cuenta bancaria, la dirección de la vivienda, código CUPS y la potencia eléctrica.
  3. Esperar la llegada de la nueva factura para verificar que se ha hecho el trámite.

Ten a la mano los siguientes documentos:

  1. Datos de contacto y personales del antiguo y nuevo titular.
  2. Potencia eléctrica a contratar en caso de querer modificarla.
  3. Dirección del inmueble.
  4. Número CUPS (Código Universal del Punto de Suministro) que figura en una factura de luz anterior.
  5. Número de cuenta de banco donde se domicilian los pagos de los recibos de la luz.

¿Qué es el CUPS?

El Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) es un número de 20 dígitos que permite identificar la instalación de electricidad y de gas natural del cliente y es uno de los requisitos indispensables para poder hacer un cambio de titularidad y muchas otras gestiones.

¿Cuántas veces se puede cambiar de titular?

Cambiar de titular no tiene ningún tipo de limitación, se puede efectuar cuantas veces se quiera. Por ejemplo, con Naturgy el cambio de titular no tiene ningún tipo de limitación. No importa si tienes que hacer el cambio de titular Endesa o el cambio de titular con Iberdrola; en todas las compañías de luz es un proceso sencillo y sin coste alguno. Pero debes recordar que no podrás cambiar de compañía de luz si no eres el titular del contrato.

¡Recuerda!  

Realizar el cambio de titular de la luz en los casos mencionados anteriormente, ya que, si quisieras modificar cualquier condición del contrato y no fueses el titular, no podrías. La única persona que podría realizar cualquier cambio en el contrato con la comercializadora sería el titular de este.

¿Cuál es el coste para cambiar el titular de la luz?

Este trámite es gratuito, por lo que no deberás pagar ningún importe por dicha gestión.  Ni el nuevo ni el anterior deben hacer frente a ningún tipo de gasto. Además, si al mismo tiempo se efectúa un cambio de comercializadora o de tarifa, no se pagará ningún valor extra.

¿Cuánto tiempo tarda el cambio de titularidad de luz?

A pesar de que la solicitud se tramita en el momento, el cambio no se verá reflejado en la factura hasta pasados 15 o 20 días hábiles. Por ello, es probable que recibas una factura a nombre del anterior titular, ya que será necesario que se cierre el periodo de facturación en el que te encuentras. Durante este plazo nunca te quedarás sin suministro eléctrico.

El cambio de titularidad de luz es una gestión que conlleva un plazo determinado para hacerse efectiva, este oscila entre los 15 y 20 días hábiles, y es que la compañía debe esperar al cierre del periodo de facturación para poder hacer efectivo el cambio. Así, el cliente recibirá una última factura a nombre del anterior titular.

El trámite del cambio de nombre en un contrato de luz solo puede realizarse si hay suministro eléctrico. En caso contrario, el nuevo cliente tiene que iniciar la contratación del abastecimiento por su cuenta, realizando el alta de luz.

¿Cómo contactar con las comercializadoras para cambiar de titular?

Aquí te dejamos un listado de las principales compañías de luz y la manera que tienes de contactarlas.

Comercializadora

Mercado Libre

Mercado Regulado

Endesa

800 760 909

800 76 03 33

Iberdrola

900 225 235

900 200 708

Naturgy

900 100 251

900 100 259

Repsol

900 118 866

900 101 005

TotalEnergies

900 907 000

-

Holaluz

900 670 707

-

GanaEnergía

900 535 689

-

CHC Comercializador de Referencia

-

900 814 023

Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta S.A

-

900 103 306

Teramelcor

-

800 007 943

Preguntas frecuentes sobre el cambio de titular de la luz

¿Cuál es la diferencia entre cambio de titular y cambio de tarifa?

Es posible realizar simultáneamente un cambio de titularidad junto con el cambio de compañía o de tarifa, ya que el nuevo titular no está obligado a acogerse a las tarifas anteriores y es posible que encuentre ofertas más interesantes.

Para poder cambiar de tarifa, ya sea del mercado libre o regulado, el contrato debe de estar al nombre de la persona que solicita el cambio de tarifa. 

¿Cuáles son las ventajas de cambiar de titular de luz?

En muchas ocasiones los consumidores piensan que es mejor dar de baja los suministros en vez de realizar el cambio de titularidad. ¡Pero esto no es así! Si se da de baja el suministro, habrá que pagar el precio del alta de la luz o el gas natural cuando se quiera volver a activar, mientras que el cambio de titular de la luz no tiene precio, es gratuito.

En el caso de una vivienda alquilada, el propietario queda al margen de cualquier impago y hace que el responsable sea el inquilino. 

¿Qué sucede si no se hace el cambio de titular?

Si no se hace puede haber muchos problemas. Pues el usuario que esté de nombre en el contrato será el responsable del uso que se haga en la electricidad en la vivienda. En este sentido, si hay algún accidente o un problema de impago, es el titular quién ha de hacerse responsable. Esto es aplicable incluso cuando en el contrato eléctrico se ha puesto un número de cuenta bancaria distinto al del titular (como puede ocurrir, por ejemplo, en caso de un alquiler de corta duración).

Todo ello está regulado a través de la Legislación 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE 27/12/2013), que depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de España, responsable de velar porque se cumplan los derechos y responsabilidades de los usuarios frente a las compañías eléctricas

Es imprescindible que verifiques que la tramitación del cambio de titular de la luz se ha gestionado correctamente porque si el propietario o arrendatario no cambia los suministros, seguirá pagando y siendo responsable del suministro eléctrico. 

Carlota Iñarra

Carlota Iñarra

Redactora de contenido & SEO

Estudiante de máster en Negocios Internacionales, Carlota se une a Hello Watt para redactar contenido acerca de todo lo que necesitas saber sobre el mercado de la energía.