¿Es la primera vez que contratas el servicio de electricidad o es una reactivación? Todo proceso para contratar luz depende de la compañía que se escoja y de las necesidades de cada cliente, ya que cada caso tiene sus particularidades. A continuación presentamos cada posible escenario y todo lo que necesitas saber para contratar la luz que mejor se adapte a tu hogar.
¿Cómo dar de alta la luz?
Dar de alta la luz significa activar el suministro de luz donde no lo hay, esta gestión es llevada a cabo por la distribuidora a partir de la comercializadora que ha sido elegida por el cliente.
Este es un trámite sencillo, pero depende de cada situación:
- Un inmueble nuevo con instalación eléctrica.
- Un inmueble nuevo que no cuenta con instalación energética.
- La acometida eléctrica se dio de baja y hay que reactivarla.
- Se desea cambiar de empresa de electricidad o de titular.
En términos generales, los pasos a seguir suelen ser iguales, pero hay variaciones en función de las 4 casuísticas anteriores. Por tanto, te explicamos en 6 sencillos pasos qué necesitas saber para dar de alta la luz en tu hogar con la mejor compañía de luz para tu hogar:
- Si el suministro está activado en el hogar, el primer paso se trata de elegir una empresa energética. Para ello, se recomienda comparar las ofertas de cada una de ellas y elegir la que mejor se adapte a tus necesidades energéticas.
- Una vez elegida la empresa, tanto si cambias de compañía de luz como si no, tendrás que contactar con la empresa y cerrar el contrato energético con esta. Para cerrar el contrato debes facilitar tus datos personales y la dirección del aprovisionamiento energético. Aquí, en Hello Watt, te ayudamos, es totalmente gratis, puedes realizar las comparaciones y todos los tramites para cerrar la contratación con las compañías comercializadoras.
- Si se requiere, se deberá presentar el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) o el Boletín Eléctrico.
- El siguiente paso se encarga la empresa energética, esta comprueba el estado de las facilidades energéticas. Esto sucede para confirmar que las instauraciones cumplen la normativa correspondiente.
- Una vez todo esté correcto, se firma el contrato y la empresa energética activa el aprovisionamiento energético en la residencia. La vivienda empezará a disfrutar de luz.
Aunque estos son los pasos y condiciones generales que se cumplen contratada la luz, el proceso cambia según si se da de alta la luz por primera vez o si solamente se desea cambiar de empresa eléctrica.
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¿Cómo dar de alta la luz en diferentes situaciones?
Tanto si es la primera vez que vas a contratar el servicio energético como si vas a reactivarlo después de una baja, debes empezar a escoger la empresa comercializadora.
Muchas de las comercializadoras ofrecen hacer todas las gestiones necesarias mediante la empresa distribuidora (como es la instalación, evaluación o reparación). Aunque también puedes contratar por cuenta propia técnicos autorizados.
Inmuebles que cuentan con instalaciones de electricidad
Las viviendas que cuentan con emplazamientos energéticos, pero es la primera vez que se da de alta el servicio de luz, estos deben seguir los siguientes pasos:
- Elegir la empresa comercializadora y escoger un plan o tarifa.
- Se tiene que contactar con la comercializadora que esta se encargara en contactar con la distribuidora.
Pueden conocer cuál es su empresa de luz actual, la empresa de electricidad y escoger un plan o tarifa. Se contacta con la empresa y esta contactará a la empresa proveedora. Para cerrar el contrato se necesitan los datos personales para la titularidad y la facturación, se necesitan los siguientes documentos:
- Nombre y DNI del titular del contrato.
- Dirección del inmueble.
- Código IBAN de la cuenta que se encargara de domiciliar las facturas.
- Teléfono y dirección de correo electrónico.
Después se facilita el código CUPS proporcionado por la distribuidora (este se encuentra en la factura) y que precisa el aprovisionamiento tanto de gas como de luz de todas las viviendas.
Dependiendo de la empresa elegida y la tarifa, se pagarán diferentes derechos de alta de luz. Cataluña es el único caso en el que es obligatorio contar adicionalmente con el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul. Este documento certifica que las facilidades energéticas cuentan con las condiciones de seguridad requeridas para su funcionamiento óptimo.
Recuerda
Si no conoces el CUPS ni tienes a mano una factura de energía, se puede obtener llamando a la distribuidora y aportando las siguientes informaciones: datos del titular del suministro y dirección del punto de suministro.
Inmuebles que no cuentan con instalaciones de electricidad
Los inmuebles nuevos, que no cuentan con suministro energético, siguen un procedimiento distinto. A continuación, te explicamos qué debes tener en cuenta para realizar el proceso:
- Verificar que la nueva residencia dispone de una acometida eléctrica. Normalmente, al construir los inmuebles, se realizan las acometidas energéticas, pero si estas no cuentan con estas, deben requerirse por medio de la empresa proveedora que se encuentre en la zona de la vivienda. Lo mismo ocurre con el certificado CIE y la Cédula de Habitabilidad, si se requiere.
- Una vez el inmueble cuente con la acometida eléctrica, se escogerá la empresa energética y la tarifa adecuada para la vivienda. Después la empresa energética es la que se encargara en contactar con la distribuidora para comprobar que todo esté en orden. Tras la revisión, si todo está correcto, la distribuidora dará el código CUPS y se facilitará el alta a la luz de 1 a 8 días laborables.
Dar de alta la luz tras una baja
Si la vivienda tiene menos de un año con el servicio de baja, o incluso varios años, el procedimiento es sencillo, de hecho, es similar al de los inmuebles que cuentan con instauraciones energéticas:
- Ponerse en contacto con la empresa proveedora y elegir un plan o tarifa. Para elegir la empresa proveedora miraremos si preferimos que esta sea del mercado libre o PVPC (mercado regulado). Tenemos que ver si optamos por la empresa de luz más barata y económica del mercado libre o regulado que establece la Red Eléctrica Española (REE) que son volátiles e inciertos.
- Informar del número CUPS.
- Facilitar el Certificado CIE.
- Proporcionar datos personales para la titularidad y facturación.
Importante
Solo en Cataluña se requiere adicionalmente el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul.
Solicitud de cambio de titular o de comercializadora
En el caso de que desees cambiar de titular o de empresa proveedora, los pasos a seguir son los siguientes:
Para cambiar de titular hay que:
- Ponerse en contacto con la comercializadora para informar sobre el cambio de titular.
- Facilitar el CUPS.
- Los datos personales para la nueva titularidad y facturación.
Para el cambio de comercializadora se debe:
- Llamar a la nueva comercializadora, solicitar el alta del servicio (ellos se encargan de dar de baja el servicio con la otra comercializadora).
- Proporcionarles el CUPS.
- Facilitar los datos personales necesarios para la titularidad del nuevo contrato y la facturación.
El Certificado CIE o Boletín Eléctrico
El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) o CIE es uno de los documentos importantes que necesitas tener, a continuación te presentamos todo lo que tienes que saber:
¿Qué es el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE)?
Es el documento que certifica que las instauraciones energéticas son totalmente seguras y que cumplen con todos los requisitos técnicos para operar con regularidad.
¿Quién emite el Certificado CIE?
La empresa proveedora es el agente responsable de emitir el Certificado CIE. Sin embargo, son las comercializadoras o técnicos autorizados quienes se ocupan de la gestión.
Así es el proceso:
- Si el trámite se hace por fuera de la empresa proveedora, se debe contactar a un técnico autorizado.
- Si el trámite se hace a través de la empresa proveedora, esta contacta a la distribuidora para la asignación de un técnico.
- En cualquiera de los dos casos, el profesional responsable deberá acudir a la instauración (punto de suministro) para verificar que todo se encuentre en óptimas condiciones.
- Una vez realizada la inspección o instauración, según sea el caso, el técnico decidirá si las condiciones están dadas o no para habilitar el suministro.
- Tras una evaluación satisfactoria, el técnico emitirá el certificado.
- Enviarán el certificado a la parte interesada, que puede ser el cliente directamente o a la empresa proveedora para que se lo haga llegar al consumidor.
Si se trata de instauraciones energéticas por primera vez, el boletín se emite al finalizar la obra.
¿Cuándo se necesita el Certificado CIE o Boletín Eléctrico?
El Certificado CIE se necesita en estas situaciones:
- Cuando se da un alta nueva de luz. Parte del protocolo de seguridad entre la instauración del servicio y el alta es la emisión de este documento. Así es como la compañía proveedora le garantiza a la empresa proveedora que es seguro activar el servicio.
- Cuando contrata más potencia. Los aumentos de potencia están limitados por la información que certifica el Certificado CIE. Si desea mayor potencia contratada, entonces tienes que solicitar una evaluación técnica para que puedan emitir un nuevo certificado CIE que garantice que es seguro alcanzar ese valor.
- Si el Boletín fue emitido hace más de 20 años y necesitas hacer cambios en tu contratación. Si no hay cambios en el contrato, aun cuando hayan transcurrido los 20 años, no hace falta emitir un nuevo certificado CIE.
- En caso de modificaciones técnicas. Como es el caso de cambios de instauraciones monofásicas a trifásicas y viceversa.
¿Qué informaciones contiene el Certificado CIE o Boletín Eléctrico?
Este certificado contiene las informaciones relativas a la instauración y el punto de aprovisionamiento:
- Datos del titular.
- Dirección del punto de suministro.
- Tipo de instauración en función de su uso: vivienda, comercio, etc.
- Potencia máxima admisible.
- Tensión.
- Superficie y aforo.
- Datos de la Línea General de Alimentación.
- Compañía proveedora.
- Empresa instaladora autorizada o técnico.
- Mediciones de comprobación.
- Firma del técnico que certifica o expide el boletín.
¿Cuánto cuesta el Certificado CIE o Boletín Eléctrico?
Por lo general, el Certificado CIE ya viene incluido entre los costos de dicha instauración.
El costo varía en función de estos 3 factores:
- Las características de la instauración (dimensiones y tipo de instauración).
- Las tarifas (no reguladas) de la distribuidora o del técnico autorizado.
- La Comunidad Autónoma, que tienen tasas que oscilan entre los 30 € y los 40 €.
Con todo esto en cuenta, el Certificado CIE puede llegar a costar entre 70 € hasta 300 €. Asimismo, esto tiene una vigencia de 20 años de permanencia.
Todo sobre el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul
A continuación te presentamos todo lo que necesitas saber sobre el Boletín de reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul.
¿Qué es el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul?
El Boletín Azul o BRIE es el documento que certifica que las instauraciones eléctricas de baja tensión cumplen con las medidas de seguridad necesarias. Se usa exclusivamente en Cataluña y no debe confundirse con el Certificado CIE.
Se gestiona por medio de las comercializadoras. Tiene una duración de 6 meses de validez, es decir, durante medio año y se emite solo en instauraciones existentes.
¿Cuándo se necesita el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul?
Al momento de hacer cualquiera de estas gestiones en Cataluña:
- Luz contratada por primera vez.
- Dar de alta la luz en segunda ocupación o tras una baja del servicio de energético superior a una duración de 2 meses de permanencia.
- Para un cambio de titular del servicio si la instauración se realizó hace más de 20 años.
- Ante un aumento de potencia energética superior a lo que marca el Certificado CIE.
- Cuando se requiere cambiar la tensión de monofásica a trifásica o viceversa.
¿Qué datos contiene el BRIE o Boletín Azul?
- Datos del titular.
- Dirección de la instauración.
- Características técnicas de la instauración.
- Empresa instaladora.
- Descripción del estado de la instauración.
- Firma del técnico que certifica o expide el boletín.
¿Cuánto cuesta el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE) o Boletín Azul?
Este Boletín tiene un coste aproximado de 60 €. Su precio está parcialmente regulado: tasas (precio regulado) + tarifas por servicio técnico (precio no regulado).
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¿Qué tipos de contratos de luz existen en el mercado?
Existen dos tipos de contratos en el mercado energético español.
Tarifa fija
Una de las primeras tarifas que existen es la tarifa fija y en esta se encuentran las siguientes:
- Tarifas estables: el coste del kWh continúa constante las 24 horas del día. Estas se aconsejan a los clientes que tienen un consumo corriente y que no tiendan a fijarse en los horarios. Es por esto que el consumidor siempre paga el mismo precio por cada kWh consumido.
- Tarifas con discriminación horaria: el coste del kWh de estas tarifas cambia según la hora del día y, en especial, según las franjas horarias de luz. Estas se aconsejan a aquellos que consumen en la franja de las horas valle. Las tarifas con discriminación horaria se aconsejan para las personas cuyo consumo es nocturno o durante las primeras horas de la mañana.
- Tarifas planas: estas fijan una cantidad mensual por una duración de 12 meses de permanencia, esto es, un año, y esta se basa en las costumbres de consumo de los clientes. Las tarifas planas proporcionan tranquilidad, pero es recomendable vigilar el gasto para no soportar regularizaciones.
- Tarifas a precio de mercado o indexadas: estas proporcionan la luz a precio de mercado y a esta se le suma un importe de administración mensual. Así, el coste de la luz es variable cada día y cada hora según la demanda. Por eso, se recomienda estar al tanto del precio de la luz del día siguiente para ser capaz de planificar el consumo energético. Además, la empresa abona una cuota mensual por las gestiones realizadas.
Tarifa variable
En la tarifa variable encontramos la tarifa regulada o PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor): esta tarifa es regulada por el Gobierno y es de discriminación horaria, pues varía su precio durante cada hora del día según la subasta del mercado de energía.
Tipo de tarifa de luz que deberías contratar
Una vez conocidos los dos tipos de tarifas en el mercado, te preguntarás, ¿cuál es la mejor tarifa que se adapta mejor a tus necesidades?
Las tarifas fijas (tarifas estables, planas, con discriminación horaria o indexadas) son para las que el precio del kWh se sabe por adelantado, ya que está detallado en la contratación. Estos precios se sostienen durante 12 meses, es decir, un año de permanencia.
En contraste, las tarifas variables cambian el precio de la luz durante todas las horas del día. Estos precios se pueden consultar todas las tardes a partir de las 20:15, hora en la que se hacen públicos los precios.
Por eso, para decidir cuál es la tarifa que mejor se adapta a tus necesidades energéticas, debes fijarte en tus hábitos de consumo energético. Aunque, no olvides si puedes solicitar el Bono Social de Electricidad, deberás contratar la tarifa regulada o PVPC.
Consejos a seguir
Si pasas una gran parte del tiempo en tu vivienda, te recomendamos que contrates una tarifa de tipo fijo de clase estable para obtener un ahorro en tu factura de la luz. De esta forma, el precio del kWh será igual sin importar la hora.
Sí, al contrario, pasas poco tiempo en tu casa o pasas más tiempo por la noche en tu casa y quieres ahorrar o recibir una factura de la luz con mayor descuento, te recomendamos que contrates una tarifa de tipo fijo con discriminación horaria para que puedas realizar tu consumo energético durante las horas más baratas.
¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?
A la hora de determinar el coste de dar de alta la luz, tenemos que tener en cuenta que este depende de la potencia que se contrata, ya que este afecta al precio de la factura de la luz y se abona en todas las facturas, tanto si se ha realizado algún consumo como si no.
El precio de contratación de la luz también depende de los Derechos de Acometida, que comprende: los Derechos de Acceso, los Derechos de Extensión y los Derechos de Enganche.
Los Derechos de Acometida son los pagos que realiza el usuario a la distribuidora por conceptos de instauración y atención de un punto de aprovisionamiento. Estos engloban lo siguiente: soporte técnico, mano de obra y materiales.
Los precios de estos derechos los fija el Gobierno y se aplican en toda España. Se pagan en la primera factura de energía emitida por la distribuidora.
- Derechos de alta: son los costes que se hacen por dar de alta el servicio eléctrico.
- Derechos de acceso: estos son los costes por utilizar la red de transporte energética (peaje por tránsito de energía). Los Derechos de Acceso suelen costar unos 19,70 € más IVA.
- Derecho de extensión: corresponden a los costes por el mantenimiento de la infraestructura energética y es de 17,37 € más IVA.
- Derechos de enganche: son los costos que se pagan por conectar el punto de suministro con la red energética de la distribuidora. Estos derechos cuestan en torno a 9,04 € más IVA.
Importante
El Derecho de Extensión no se paga cuando el alta del servicio de luz se hace en una vivienda que ha estado de baja por una duración menor a 3 años de permanencia.
En función de la potencia que se contrata y si el alta se ha dado por primera vez, si el alta ha sido hace 3 años o si tiene más de 3 años, te presentamos una estimación de los precios que puedes esperar:
Potencia contratada |
1,15 kW |
2,3 kW |
3,45 kW |
4,6 kW |
5,75 kW |
6,9 kW |
---|---|---|---|---|---|---|
Alta nueva o más de 3 años |
62,54 € |
114,12 € |
165,70 € |
217,28 € |
268,84 € |
320,43 € |
Alta menos de 3 años |
38,34 € |
65,77 € |
93,17 € |
120,61 € |
147,98 € |
175,43 € |
La potencia es definida por el técnico por estimación o según el patrón de consumo del último año (en el caso de que esta información esté disponible).
En circunstancias como un alta de electricidad por primera vez, o tras una baja muy prolongada, la distribuidora puede cobrar un depósito de garantía. Esto lo hacen para prever una situación de impago.
El importe de esta fianza se calcula en función de una estimación de 50 horas de uso de consumo de la potencia energética contratada. Este depósito se recupera al dar de baja el suministro o al cambiar de titular.
¿Cuánto tiempo se tarda en instalar la luz?
Desde el momento en el que se contrata la comercializadora con la que vas a realizar la contratación de la luz, el tiempo que se tarda en dar de alta la luz es de aproximadamente una semana (entre 1 a 8 días hábiles), en dar de alta la luz.
Aunque si el técnico de la distribuidora encuentra algún inconveniente al realizar la instalación eléctrica, el plazo se amplía hasta que estos se corrijan. Es por ello que se recomienda que los clientes efectúen el alta de la luz con la anticipación suficiente.
Estos plazos son estándares para todas las distribuidoras a partir del momento en el que el técnico instala el contador de luz y el consumidor puede disponer del aprovisionamiento energético. Podrás contratar la tarifa de luz que mejor se adapte a las necesidades de tu hogar. Recuerda que si es una tarifa de luz ecológica, ¡contribuirás a un consumo eco-responsable!
Preguntas frecuentes sobre cómo contratar luz
¿Cómo se puede dar de baja el contrato de la luz?
Para dar de baja la contratación de la luz, se debe contactar directamente con la empresa proveedora para comunicar que se desea dar de baja. Normalmente, la empresa no debe poner ninguna pega para dar de baja, aunque cada empresa tiene diferentes procedimientos para dar de baja el contrato. Puedes realizar este trámite bien por teléfono u online vía email.
¿Qué hacer si tu vivienda no cuenta con contador de luz?
Puede darse el caso que la vivienda no tenga contador de luz, ya puede ser porque la acometida eléctrica no ha sido realizada, con lo cual se deberá de solicitar antes de dar de alta la luz.
Puede que el contador haya sido retirado y no se haya instalado uno de nuevo. En este caso, el usuario debe comprobar que dispone de acometida y de los documentos en regla para comunicarlo a la distribuidora para que esta pueda instalar el nuevo contador.
¿Cuándo puede la distribuidora rechazar dar de alta la luz?
La distribuidora puede rechazar dar de alta el suministro de luz en el caso de que el cliente presente una documentación incorrecta. También se puede rechazar cuando el cliente tiene una deuda pendiente, hasta que no se salde la deuda no se podrá dar de alta de nuevo. Y en el caso de que el técnico de la distribuidora detecte un enganche de luz en la vivienda.
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