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Si quieres instalar placas solares en 2026, las subvenciones en las Islas Baleares 2026 no son similares a las de otras comunidades donde no hay ayudas vigentes. Aquí sí existe una oportunidad abierta para particulares, pero conviene distinguirla muy bien de los programas estatales y autonómicos que ya terminaron.
Ahora mismo existen una convocatoria autonómica activa, varias líneas cerradas del pasado reciente y un marco estatal que sigue siendo la base legal de todo el sistema. Si analizas que hay en vigencia, es fácil pensar que no quedan oportunidades nuevas de ahorro energético. Sin embargo, no es del todo cierto.
La ayuda abierta hoy es FOTOPAR2026, una convocatoria pública 2026-2027 del Govern de les Illes Balears para instalaciones solares fotovoltaicas y/o microeólicas dirigida a personas físicas. El plazo va del 26 de enero de 2026 al 30 de abril de 2026, salvo que el crédito se agote antes, y la línea está cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2021-2027.
La convocatoria cubre instalaciones nuevas de hasta 5 kWp de fotovoltaica, la potencia pico habitual de una instalación doméstica, y/o 5 kW de microeólica, además de baterías de ion litio de hasta 30 kWh de almacenamiento.
En los importes, la referencia oficial es bastante clara: 600 €/kWp para fotovoltaica individual y 710 €/kWp para instalaciones colectivas o conectadas a red interior; 2.900 €/kW para microeólica individual y 3.350 €/kW para colectiva; y 420 €/kWh para almacenamiento, con el límite de 30 kWh.
¿Cuánto hay de presupuesto?
El presupuesto inicial es de 4.000.000 € y las ayudas se conceden por orden de entrada, no por concurrencia competitiva clásica.
Si no quieres depender solo de una subvención directa, Baleares también ofrece margen por la vía fiscal. Aquí hay una buena noticia autonómica y otra municipal: la deducción balear en renta existe de verdad y algunos ayuntamientos mantienen bonificaciones muy potentes en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
La Agencia Tributaria y la información oficial de Baleares recogen una deducción autonómica del 50 % por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual. Entre las actuaciones que se citan de forma expresa están las instalaciones de generación solar fotovoltaica para autoconsumo y la solar térmica. La base máxima anual es de 10.000 € y la inversión debe justificarse con factura válida.
A nivel estatal verifica si una obra ya ejecutada encaja en las deducciones por eficiencia energética devengadas en plazo; por ejemplo, la deducción del 60 % para rehabilitación energética de edificios se vincula a obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025. Y, por separado, la ley del IRPF deja fuera de la base imponible determinadas ayudas concedidas al amparo del Real Decreto 477/2021 y del Real Decreto 853/2021.
En Calvià, la ordenanza fiscal de 2026 prevé una bonificación del 50 % de la cuota del IBI para inmuebles residenciales con sistemas solares de autoconsumo, con el límite del 50 % del coste de la instalación. También prevé una bonificación del 95 % del ICIO para obras que incorporen sistemas de energía solar no obligatorios por ley.
En Palma, además, existen trámites municipales específicos tanto para la bonificación del IBI por sistemas solares como para la devolución del 95 % del ICIO en instalaciones solares no obligatorias.
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La forma de pedir una ayuda en Baleares cambia mucho según el camino que elijas. No es lo mismo una subvención autonómica abierta, una ayuda de rehabilitación ya cerrada o una bonificación municipal. Por eso, antes de reunir papeles, lo primero es identificar si estás ante una convocatoria viva, una deducción fiscal o una ordenanza local. Ese filtro previo te ahorra la mayoría de los errores.
La convocatoria está pensada para personas físicas domiciliadas en Islas Baleares, tengan o no actividad económica en el punto de consumo. La solicitud es telemática y exige certificado digital, DNIe o cl@ve permanente.
Entre la documentación oficial figuran la solicitud normalizada, la memoria técnica, los presupuestos u ofertas cuando proceda y, en determinados casos, certificados tributarios y de Seguridad Social si la subvención supera los 3.000 €. El plazo máximo de resolución es de seis meses y el silencio administrativo es desestimatorio.
Después llega la justificación. Para cobrar, la documentación oficial incluye memoria justificativa, declaración responsable, reportaje fotográfico, facturas, justificantes de pago y certificado bancario, entre otros documentos. La instalación debe ejecutarse dentro del plazo fijado en la resolución, con un máximo general de cuatro meses, y nunca más allá del 31 de octubre de 2026.
Aquí el orden cambia. Primero toca revisar la ordenanza de tu ayuntamiento; después, comprobar si la bonificación se pide con la licencia, la declaración responsable o la autoliquidación; y solo entonces iniciar la obra.
En Calvià, por ejemplo, la bonificación del IBI debe solicitarse entre agosto y octubre del año anterior al ejercicio en que surte efecto, mientras que la del ICIO se pide con la propia autoliquidación.
Dato clave
Con las bonificaciones locales, el mejor consejo no es técnico sino administrativo: mira primero la ordenanza. Hay municipios que exigen pedir la bonificación del ICIO junto con la autoliquidación y otros fijan una ventana concreta del año para solicitar el IBI.
Aunque antiguas, vale la pena conocer algunas de las ayudas que han sido la base de nuevas y futuras opciones para mejorar la eficiencia y el control del consumo energético.
Aunque la ayuda práctica la encuentres en la sede del Govern, el andamiaje jurídico sigue siendo estatal. Las dos normas que más te ayudan a entender el panorama son el Real Decreto 477/2021, centrado en autoconsumo y almacenamiento, y el Real Decreto 853/2021, que regula buena parte de las ayudas de rehabilitación energética.
El Real Decreto 477/2021 sigue siendo la referencia para entender qué instalaciones son subvencionables y por qué la nueva convocatoria balear utiliza módulos económicos apoyados en el anexo III de esa norma. Dicho de forma sencilla: aunque FOTOPAR2026 tenga reglas propias, bebe del mismo esquema estatal que ordenó las ayudas al autoconsumo residencial en toda España.
Los programas 4, 5 y 6, que en Baleares aparecen con plazo finalizado el 31 de diciembre de 2023, y la línea PITEIB para personas físicas, cuyo plazo acabó el 28 de febrero de 2025. Son convocatorias reales y muy relevantes para entender el mercado, pero no son una puerta abierta en marzo de 2026.
El Ministerio de Vivienda incluye expresamente la instalación de placas solares y fotovoltaicas entre las actuaciones que pueden formar parte de los programas del Real Decreto 853/2021.
En Baleares, las últimas convocatorias del programa 3 para edificios y del programa 4 para viviendas estuvieron abiertas hasta el 30 de junio de 2025, así que hoy sirven más para entender el marco que para presentar una solicitud nueva.
En la última convocatoria balear del programa 4, por ejemplo, la ayuda cubría el 40 % del coste subvencionable con un máximo de 3.000 €, y exigía acreditar una reducción del 30 % del consumo de energía primaria no renovable o del 7 % de la demanda de calefacción y refrigeración. Por eso esta vía solo tiene sentido cuando las placas forman parte de una mejora energética más amplia, no como instalación aislada sin más.
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