¿Qué deducciones en el IRPF puedes aplicar en 2026 si instalas placas solares?

Modificado por Joshua Astelarra, Redactor especialista en contenidos sobre sostenibilidad el 8 de abril de 2026 a las 11:40
Tiempo de lectura : 4 minutos
Paneles solares sobre el tejado de una casa con vistas a un barrio residencial mediterráneo.

El autoconsumo energético y las placas solares permiten acceder a deducciones del 20, 40 y 60 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).  Te contamos los tramos vigentes, los plazos y la documentación clave.

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Deducciones en la renta por eficiencia energética

Instalar placas solares no solo reduce la factura de la luz, también permite acceder a importantes deducciones fiscales en el IRPF.  Estas deducciones se estructuran en tres tramos del 20, 40 y 60 %, en función del alcance de la mejora energética y del tipo de inmueble. Cuanto mayor sea el ahorro energético acreditado, mayor será el porcentaje de deducción al que puede acceder el contribuyente.

Gracias a la prórroga aprobada mediante el Real Decreto-ley 16/2025, las deducciones por obras de eficiencia energética continúan vigentes tanto para viviendas individuales como para edificios de uso predominantemente residencial. Además, estas deducciones pueden combinarse con bonificaciones municipales en impuestos locales, lo que permite reducir considerablemente el periodo de amortización de la instalación fotovoltaica.

Los tres tramos de deducción en el IRPF por placas solares

Las deducciones por obras de eficiencia energética se estructuran en tres escalones progresivos que varían en función del alcance de la mejora y del tipo de inmueble. En todos los casos, es obligatorio acreditar el ahorro mediante un Certificado de Eficiencia Energética (CEE) emitido antes y después de las obras.

Deducción por reducción de la demanda energética

Este primer tramo se dirige a obras en la vivienda habitual (o alquilada con destino residencial) que logren reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. Puede incluirse la instalación fotovoltaica cuando forma parte de un paquete más amplio de mejora de la envolvente y la climatización. La deducción del 20 % se aplica sobre una base máxima anual de 5000 € por vivienda, con obras ejecutadas antes del 31 de diciembre de 2026.

Deducción por reducción del consumo de energía primaria

El segundo tramo premia las actuaciones que consigan reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o bien alcanzar una calificación energética A o B tras la reforma, siendo la instalación de placas solares un factor con impacto directo sobre este indicador. La deducción del 40 % se aplica sobre una base máxima anual de 7500 € por vivienda, para obras ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2026.

Deducción por rehabilitación de edificios residenciales

El tramo más generoso se reserva para la rehabilitación energética de edificios de uso predominantemente residencial, incluidas las instalaciones fotovoltaicas en comunidades de propietarios. El requisito técnico es idéntico al del tramo anterior, que exige una reducción mínima del 30 % del consumo de energía primaria no renovable del edificio o la obtención de la calificación A o B a nivel global.

La deducción del 60 % se aplica sobre una base máxima acumulada de 15.000 € por vivienda, con plazo hasta el 31 de diciembre de 2027. La siguiente tabla resume los principales parámetros de cada modalidad. 

Modalidad IRPF

Requisito de ahorro

Base máxima

Plazo

20 % vivienda

Reducción ≥ 7 % demanda de calefacción y refrigeración

5000 € anuales por vivienda

Obras hasta 31/12/2026

40 % vivienda

Reducción ≥ 30 % consumo de energía primaria no renovable o calificación A/B

7500 € anuales por vivienda

Obras hasta 31/12/2026

60 % edificio residencial

Reducción ≥ 30 % consumo de energía primaria no renovable o calificación A/B global

15.000 € acumulados por vivienda

Obras hasta 31/12/2027

¿Cómo se calcula la base de la deducción?

La base de la deducción no se aplica sobre el coste total de las obras, sino sobre la cantidad que el contribuyente asume tras restar las subvenciones y ayudas públicas recibidas. Esta distinción es fundamental, ya que aplicar el porcentaje de deducción sobre el importe total sin restar las ayudas constituye un incremento indebido de la base de la deducción.

No realizar correctamente este cálculo puede derivar en regularizaciones, intereses de demora e incluso sanciones por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Por ello, resulta imprescindible conservar toda la documentación relativa a las subvenciones concedidas (las resoluciones de la concesión y los justificantes de cobro) para poder acreditar el importe exacto que debe restarse del coste total de las obras.

El límite de base actúa como techo de la deducción

La normativa establece una base máxima por tramo; si el coste soportado supera ese límite, solo se aplica el porcentaje de deducción sobre esa base máxima, no sobre todo el gasto realizado.

Las casillas de la Renta

La AEAT publica en cada campaña de Renta el detalle de las casillas concretas donde deben consignarse estas deducciones, tanto en su Sede Electrónica como en el Manual Práctico. En campañas recientes, las deducciones por eficiencia energética han contado con casillas específicas dentro del apartado de inversión en vivienda habitual y otras actuaciones.

Dado que la numeración de casillas puede cambiar de un ejercicio a otro, lo más prudente es consultar el apartado “Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas” del manual de ayuda de la AEAT. También se puede utilizar el buscador interno de Renta Web con términos como “eficiencia energética” o “rehabilitación energética”, evitando así consignar las cantidades en apartados erróneos.

Documentación imprescindible para aplicar la deducción

Para minimizar los riesgos con Hacienda y asegurar la deducción, conviene reunir el siguiente expediente documental:

  • Facturas completas emitidas a nombre del titular, con descripción detallada de las obras y desglose de partidas.
  • Justificantes de pago bancario como las transferencias, los cargos de tarjeta o los recibos bancarios. Los pagos en efectivo quedan excluidos.
  • Certificados de Eficiencia Energética previo y posterior, emitidos por un técnico competente dentro de los plazos establecidos.
  • Documentación de subvenciones recibidas, tales como las resoluciones de la concesión y los justificantes de cobro.
  • Actas de junta y certificaciones del administrador, solo para la deducción del 60 % en edificios, que acrediten la participación en las obras y la imputación de costes a cada vivienda.

Otras ayudas fiscales por placas solares

Además de las deducciones estatales, muchos ayuntamientos ofrecen bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) durante varios años y reducciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) en el momento de ejecutar la instalación. Estas dos figuras fiscales locales complementan el ahorro obtenido a través del IRPF.

Las condiciones, los porcentajes y los plazos varían significativamente entre las localidades, ya que algunos municipios conceden hasta un 50 % de bonificación del IBI, mientras que otros limitan el porcentaje o exigen requisitos adicionales. Por esta razón, conviene consultar siempre las ordenanzas fiscales municipales antes de dimensionar la inversión.

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Joshua Astelarra
Joshua Astelarra

Redactor especialista en contenidos sobre sostenibilidad

Con una base en Biología y especializado en Comunicación Digital y estrategia web, Joshua pone su experiencia al servicio de una misión sencilla: tomar los temas complejos del mercado energético y hacerlos comprensibles para todos. Su trabajo en Hello Watt se centra en asegurar que encuentres la información que necesitas para elegir las soluciones energéticas más eficientes para tu hogar.

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