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El rechazo del Congreso al Real Decreto-ley 2/2026 del 3 de febrero, conocido como “escudo social”, elimina deducciones clave del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en obras energéticas, coche eléctrico y módulos en la Renta 2025.
El Real Decreto-ley 2/2026, aprobado el 3 de febrero, agrupaba bajo el nombre de “escudo social” un paquete de medidas de protección ciudadana, entre ellas la prórroga de la suspensión de los desahucios. Sin embargo, el texto también incluía la extensión de varios incentivos fiscales en el IRPF que muchos contribuyentes esperaban aplicar en su próxima declaración de la renta.
Tras el voto en contra del Congreso de los Diputados, el decreto quedó derogado. Esto significa que las prórrogas previstas para determinadas deducciones no entran en vigor, con un impacto directo y concreto en la Renta 2025, la que se presenta este año, y en la planificación fiscal de cara a 2026, ya que muchos de los beneficios esperados han dejado de existir oficialmente.
¿Qué son los desahucios?
Un desahucio es el proceso legal por el que un propietario o entidad financiera puede obligar a una persona a abandonar su vivienda, generalmente por dos motivos: impago del alquiler, el inquilino no puede hacer frente a las mensualidades; impago de la hipoteca, el banco ejecuta la hipoteca y recupera el inmueble.
Existen tres tipos de deducciones estatales para quienes han realizado obras en su vivienda, como cambiar ventanas o instalar placas solares. Tras la caída del decreto, dos desaparecen y una se mantiene, aunque solo durante este ejercicio.
Esta deducción estaba pensada para propietarios que invirtieron en mejoras como aislamiento térmico, cambio de ventanas o sistemas más eficientes de climatización. Con la caída del decreto, queda limitada a las obras realizadas hasta finales de 2024 y deja fuera todo lo ejecutado desde 2025.
Es la modalidad más habitual entre quienes han acometido una reforma energética integral en su vivienda: cambia la caldera, mejora el aislamiento o instala aerotermia para dar el salto a una calificación energética superior. También cubre viviendas en alquiler o con intención de arrendar, lo que la diferencia de la anterior. Tras la caída del decreto, las obras realizadas desde 2025 tampoco tienen cobertura.
Es la más generosa de las tres y la única que todavía se puede aplicar en la Renta 2025, pero será la última vez. Está dirigida a obras en edificios enteros, no solo en la vivienda habitual, lo que la hace especialmente relevante para comunidades de propietarios que hayan rehabilitado su edificio. Si tienes el Certificado Energético en regla, no dejes escapar esta oportunidad.
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La situación aquí es mixta: lo comprado en 2025 aún tiene deducción, pero lo que se adquiera en 2026 ya no.
Los contribuyentes que compraron un vehículo eléctrico o instalaron un punto de recarga durante 2025 podrán deducirse el 15 % en el IRPF, con una base máxima de 20.000 euros, en la declaración de este año. Esta parte no se ve afectada por el rechazo del decreto.
El problema llega para 2026. El “escudo social” mantenía esta deducción hasta el 31 de diciembre de 2026, pero sin su convalidación; quienes adquieran un vehículo eléctrico o instalen un punto de recarga a partir del 1 de enero de 2026 no podrán aplicar ningún incentivo fiscal en su declaración del ejercicio siguiente.
El decreto rechazado también incluía la prórroga para 2026 de los límites del método de estimación objetiva, conocido como módulos. Se trata de un sistema de tributación simplificada muy extendido entre los autónomos más pequeños, que permite calcular el rendimiento a partir de parámetros objetivos: número de empleados, consumo eléctrico, metros del local, con pagos previsibles y menor carga administrativa.
Sin esa prórroga, los umbrales de ingresos y compras que determinan quién puede acogerse a este régimen caerán a niveles inferiores. El resultado práctico: muchos autónomos podrían verse obligados a migrar al método de estimación directa con muy poco tiempo para adaptarse.
¿Cuándo es la declaración de renta este 2026?
La campaña de la Renta y Patrimonio 2025 arranca el 8 de abril y se extiende hasta el 30 de junio de 2026 para la presentación por internet. La atención telefónica estará disponible desde el 6 de mayo y la presencial en oficinas desde el 1 de junio, ambas también hasta el 30 de junio.
Los propietarios de viviendas que no son su residencia habitual ni están arrendadas también notarán el impacto del decreto caído.
El “escudo social" mantenía el porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias en el 1,1 % para inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados desde el 1 de enero de 2012. Tras el 'no' del Congreso, ese porcentaje sube al 2 %, lo que supone un incremento directo de la carga fiscal para los afectados.
Un aviso final que conviene no ignorar. La Agencia Tributaria dispone de cuatro años para verificar las declaraciones del IRPF. Esto significa que Hacienda tendrá hasta 2029 para examinar la Renta de 2025 y reclamar posibles diferencias si un contribuyente se hubiera aplicado deducciones que, tras la caída del decreto, ya no están vigentes.
La precaución es especialmente necesaria en todo lo relacionado con las deducciones por obras energéticas y la movilidad eléctrica: dos ámbitos donde los límites temporales han cambiado y donde es fácil cometer un error de buena fe que Hacienda podría corregir años después.
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Redactor especialista en contenidos sobre servicios de suministro
Comunicador especializado en marketing estratégico y contenidos digitales, con experiencia en los sectores financiero, tecnológico y de servicios. Ha desarrollado proyectos orientados al posicionamiento de marca, la comunicación interna y la creación de narrativas que traducen información compleja en mensajes claros, útiles y orientados al usuario.
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