¿Cómo declarar en la renta el Bono Social Eléctrico y Térmico?

Modificado por Nicolás Rojas, Redactor especialista en contenidos sobre servicios de suministro el 26 de febrero de 2026 a las 11:13
Tiempo de lectura : 3 minutos
Bombilla encima de euros y una calculadora

El Bono Social es una de las principales herramientas de protección para los consumidores más vulnerables en España. Sin embargo, no todos saben que su tratamiento fiscal varía según el tipo de bono recibido. Conocer esta diferencia puede ahorrarte un disgusto en la próxima campaña de renta.

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¿Qué es y cómo funciona?

Mientras el Bono Social Eléctrico no genera ninguna obligación con la Agencia Tributaria, el Bono Social Térmico sí debe incluirse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El Bono Social Eléctrico es un descuento que se aplica directamente sobre la factura de la luz. Lo gestionan las comercializadoras y se deduce automáticamente del importe final que paga el consumidor. Dependiendo del grado de vulnerabilidad, el descuento puede alcanzar el 42,5 % para consumidores vulnerables o el 57,5 % para los vulnerables severos, aplicado sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). Estas condiciones están prorrogadas hasta diciembre de 2026.

El Bono Social Térmico, en cambio, funciona de forma completamente distinta; es un pago único anual que se ingresa directamente en la cuenta bancaria del beneficiario. Su finalidad es ayudar a cubrir gastos de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina. El importe oscila entre 35 y 400 €, aunque varía según la zona climática en la que vive el beneficiario y su grado de vulnerabilidad. Este bono se tramita a través de las comunidades autónomas, tras la verificación por parte del ministerio competente.

¿Por qué solo se declara el Bono Térmico?

La clave está en la forma en que se recibe cada ayuda. El Bono Eléctrico no entra en tu patrimonio, ya que es un descuento aplicado directamente sobre la factura de la luz antes de que pagues, por lo que Hacienda no lo considera un ingreso y no genera renta declarable. No tienes que incluirlo en ninguna casilla de tu declaración de la renta.

El Bono Social Térmico, al ser un pago único en efectivo que se ingresa directamente en tu cuenta bancaria, sí incrementa tu patrimonio y tiene impacto fiscal. La Agencia Tributaria lo clasifica como una ganancia patrimonial no derivada de transmisión de elementos patrimoniales, que se integra en la base imponible general del IRPF, sin exención específica.

Habiendo aclarado lo anterior, en la práctica su impacto tributario es mínimo debido al bajo importe del bono. Además, si tus ingresos no superan los umbrales para estar obligado a declarar, este cobro por sí solo normalmente no altera tu situación fiscal.

Vigencia de condiciones

Las condiciones del Bono Social Eléctrico y Térmico fueron prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2026 mediante el Real Decreto-ley 16/2025. La norma mantiene intactos los umbrales económicos, perfiles beneficiarios y mecanismos automáticos de concesión aprobados originalmente en 2021.

¿Quién debe incluir el Bono Térmico en la renta?

Debe incluirlo en la declaración de la renta cualquier contribuyente que:

  • Haya cobrado el Bono Social Térmico en el ejercicio al que se refiere la campaña (por ejemplo, el abonado en 2025 se declara en la renta 2025-2026).
  • Esté ya obligado a presentar declaración por sus ingresos o, al sumar el importe del bono al resto de rendimientos, pase a superar los umbrales que marcan esa obligación.

La Agencia Tributaria suele incorporar esta ayuda de forma automática en los datos fiscales o en el borrador, normalmente bajo un concepto similar a “Ayuda Bono Social Térmico”. Aun así, es importante revisar el borrador antes de confirmarlo para comprobar que el importe está incluido y que coincide con lo que realmente has cobrado.

¿Cómo incluir el Bono Térmico en tu declaración?

Si necesitas añadirlo manualmente o verificar que está bien registrado, sigue estos pasos:

  1. Accede al borrador a través de Renta WEB, disponible desde el inicio de la campaña en abril.
  2. Localiza el apartado de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones (dentro de la base imponible general).
  3. Incorpora el importe recibido como ganancia patrimonial.
  4. Si no aparece en el borrador, añádelo manualmente bajo el concepto “Ayuda Bono Social Térmico” para evitar posibles requerimientos posteriores de Hacienda.

¡Recuerda!

El Bono Social Térmico se otorga automáticamente a quienes ya tienen activo el Bono Social Eléctrico al 31 de diciembre del año anterior, ya que ambos comparten los mismos requisitos de vulnerabilidad energética.

Requisitos para acceder a los bonos sociales en 2026

Entre los perfiles beneficiados destacan consumidores con rentas bajas, familias numerosas, pensionistas con pensión mínima, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, hogares monoparentales con menores, dependientes graves y víctimas de violencia de género o terrorismo.

Para verificar si cumples los requisitos económicos, usa las calculadoras oficiales basadas en el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). La prórroga vigente hasta diciembre de 2026 mantiene también las protecciones frente a cortes de suministro y desahucios energéticos para estos colectivos.

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Nicolás Rojas
Nicolás Rojas

Redactor especialista en contenidos sobre servicios de suministro

Comunicador especializado en marketing estratégico y contenidos digitales, con experiencia en los sectores financiero, tecnológico y de servicios. Ha desarrollado proyectos orientados al posicionamiento de marca, la comunicación interna y la creación de narrativas que traducen información compleja en mensajes claros, útiles y orientados al usuario.

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