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La Audiencia Nacional archiva la causa por el apagón del 28 de abril tras descartar sabotaje o ciberataque. Los informes técnicos apuntan a fallos operativos y de control de tensión, no a un delito penal.
La Audiencia Nacional ha acordado el archivo provisional de la investigación abierta por el apagón del 28 de abril al no apreciar “un mínimo indicio” de sabotaje ni de terrorismo informático. El juez, José Luis Calama, adopta la decisión tras recibir todos los informes técnicos solicitados durante la instrucción, que descartan la existencia de un ciberataque.
Entre los análisis clave figura el del Centro Criptológico Nacional, que revisó 70 GB de registros de seguridad de los sistemas de tecnología operativa sin hallar acciones cibernéticas dañinas ni evidencias de ataques de cibercrimen, actores estatales o grupos terroristas. En la misma línea, el Mando Conjunto del Ciberespacio inspeccionó cinco centros de control de generación eléctrica y no detectó actividad maliciosa.
El Instituto Nacional de Ciberseguridad emitió ocho informes con idéntica conclusión. A ello se suman las doce visitas de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, también sin indicios de ataque. Por último, la Comisaría General de Información analizó más de 8.000 grabaciones y cerca de 1.300 correos de Red Eléctrica, sin referencias a intrusiones.
¿Sabías qué?
El apagón dejó sin luz a casi toda la España peninsular, Portugal continental y algunas zonas del sur de Francia, afectando a millones de personas. Red Eléctrica estimó entre 6 y 10 horas para la plena normalización del suministro, aunque la recuperación fue progresiva por zonas.
El auto incorpora el informe del Comité para el análisis de la crisis eléctrica, que atribuye el cero eléctrico a un origen multifactorial. El sistema presentaba capacidad insuficiente de control de tensión por dos vías, baja programación de centrales síncronas con capacidad de regulación y respuesta inadecuada de algunas instalaciones que sí estaban programadas.
A estos factores se añadieron oscilaciones del sistema y la desconexión de determinadas centrales, algunas aparentemente indebidas. El documento subraya que no faltaba generación, sino recursos efectivos de control de tensión, ya fuera por programación insuficiente, fallos de respuesta o la combinación de ambos.
Con todo, el juez concluye que no hay relevancia penal y ordena el archivo. No obstante, apunta a un conflicto administrativo y/o civil entre operadores del sistema eléctrico, que deberá resolverse por las vías correspondientes. Para el consumidor, lo que queda claro es que, el incidente no fue un ataque, sino un reto técnico de operación que abre el debate sobre cómo reforzar la estabilidad del sistema.
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Redactor especialista en contenidos sobre servicios de suministro
Comunicador especializado en marketing estratégico y contenidos digitales, con experiencia en los sectores financiero, tecnológico y de servicios. Ha desarrollado proyectos orientados al posicionamiento de marca, la comunicación interna y la creación de narrativas que traducen información compleja en mensajes claros, útiles y orientados al usuario.
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